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BOC Nº 008. Jueves 13 de Enero de 2005 - 48

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

48 - Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 30 de diciembre de 2004, de la Presidenta, por la que se amplía el plazo de resolución de la convocatoria de subvenciones en materia de formación profesional continua en la modalidad de contratos programa convocada por Resolución de 29 de octubre de 2004 (B.O.C. nº 212, de 3.11.04).

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Por Resolución de 29 de octubre de 2004 (B.O.C. de 3.11.04) de la Presidenta del Servicio Canario de Empleo se aprueba la convocatoria y se establece el procedimiento general para la concesión de subvenciones mediante contratos-programa para la formación de trabajadores, en materia de formación profesional continua por parte del Servicio Canario de Empleo, cofinanciado por el Fondo Social Europeo.

El apartado decimosexto de la citada resolución establece que el plazo máximo de resolución de la convocatoria será de dos meses, transcurrido el cual se entenderán desestimadas las solicitudes no resueltas.

Por Orden de 20 de octubre de 2004 del Consejero de Economía y Hacienda se autorizó la resolución de la convocatoria pública de subvenciones genéricas precitada eximiéndola del cumplimiento del plazo acordado por el Consejo de Gobierno en su sesión de 12 de mayo de 2004.

Como quiera que circunstancias sobrevenidas han hecho imposible de cumplir el plazo máximo inicialmente fijado para la resolución de la convocatoria, resulta conveniente proceder a la ampliación del mismo, en aplicación del artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Teniendo en cuenta que la convocatoria fue publicada en el Boletín Oficial de Canarias de 3 de noviembre de 2004 y que el plazo máximo de resolución fijado en aquélla era de dos meses contado a partir del día siguiente al de la publicación, tal plazo expiraría el 4 de enero de 2005, por lo que en aplicación del artículo 49 de la Ley 30/1992 precitado, sólo cabría prorrogar por la mitad del plazo inicialmente previsto, que en este caso sería de un mes computado a partir de la finalización del plazo antes citado.

En su virtud, y en uso de las competencias que tengo legalmente conferidas.

D I S P O N G O:

Ampliar hasta el 4 de febrero de 2005 el plazo máximo de resolución de la convocatoria de subvenciones en materia de formación profesional continua en la modalidad de contratos programa señalado en el apartado decimosexto de la convocatoria efectuada por Resolución de 29 de octubre de 2004.

Contra la presente Resolución y de conformidad con lo previsto en el artículo 49.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, no cabe recurso alguno.

Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de diciembre de 2004.- La Presidenta, Águeda Montelongo González.

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