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CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
SENTENCIA
En Santa Cruz de Tenerife, a 20 de septiembre de 2004.
Vistos por mí, María Cristina González Padrón, Juez sustituta del Juzgado de Primera Instancia nš 6 de Santa Cruz de Tenerife, los presentes autos de juicio ordinario en reclamación de elevación a público de un documento privado de compraventa, seguidos con el nš 587/2003 a instancia de Dña. María del Carmen Gallud Julia y de Dña. María Virginia Gay Gallud representadas, respectivamente, por el Procurador de los Tribunales D. Javier Fernández Domínguez y bajo la dirección técnica del Letrado D. Manuel Freddy Santos Padrón, contra la entidad mercantil Promotora P. Navarrete, S.L., declarada en situación de rebeldía procesal, con arreglo a los siguientes
FALLO
Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. Javier Fernández Domínguez en nombre y representación de Dña. María del Carmen Gallud Julia y de Dña. María Virginia Gay Gallud, debo condenar y condeno a la entidad mercantil Promotora P. Navarrete, S.L., al otorgamiento de la correspondiente escritura pública de compraventa de los inmuebles descritos en el documento privado suscrito entre la entidad demandada y D. Manuel Gay Uriarte; y todo ello con expresa condena en costas de este procedimiento a la parte demandada.Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación del que en su caso conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.
Y como consecuencia del ignorado paradero de Promotora Navarrete, S.L., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En Santa Cruz de Tenerife, a 15 de diciembre de 2004.- El/la Secretario.
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