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BOC Nº 005. Lunes 10 de Enero de 2005 - 31

III. Otras resoluciones - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

31 - ORDEN de 22 de diciembre de 2004, por la que se convocan los Premios del Instituto Canario de la Mujer 2005.

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El Decreto 243/1998, de 18 de diciembre (B.O.C. nº 7, de 15.1.99), instituyó los Premios del Instituto Canario de la Mujer, con el fin de incentivar la elaboración y difusión de trabajos que reflejen las aportaciones de las mujeres a la sociedad, denuncien las situaciones de discriminación por razón de sexo y promuevan la transformación de estereotipos sexistas, así como para estimular y reconocer la trayectoria y el esfuerzo de personas o entidades que hayan desarrollado una labor relevante en el ámbito de la igualdad de oportunidades, y determinó que se concederán mediante convocatorias anuales coincidiendo con el inicio de cada año natural.

Por ello, en virtud de las facultades que con carácter general tengo conferidas y al amparo de la otorgada en la Disposición Final Primera del citado Decreto 243/1998,

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar los Premios y Distinciones del Instituto Canario de la Mujer 2005. Los mismos constarán de las siguientes modalidades o apartados:

a) Premio a la Mejor Labor Informativa sobre las mujeres realizada en los medios de comunicación de Canarias. Este premio tiene una dotación de mil quinientos dos euros con cincuenta y tres céntimos.

b) Premio a la Mejor Campaña Publicitaria que muestre una imagen de las mujeres no discriminatoria. Este premio tiene una dotación de mil quinientos dos euros con cincuenta y tres céntimos.

c) Premio al Mejor Trabajo Divulgativo sobre las mujeres. Este premio tiene una dotación de mil quinientos dos euros con cincuenta y tres céntimos.

d) Premio al Mejor Trabajo de Investigación sobre temas relacionados con las mujeres. Este premio tiene una dotación de mil quinientos dos euros con cincuenta y tres céntimos.

e) Distinción Honorífica a la labor de personas y entidades que, de forma continuada y relevante, hayan contribuido en el ámbito de la igualdad de oportunidades.

El importe del crédito presupuestario que se prevé destinar a estos premios asciende a la cantidad de seis mil diez euros con doce céntimos (6.010,12), con cargo a la aplicación presupuestaria 2005 01 322B 227.06 "Estudios, trabajos técnicos y honorarios profesionales" del Presupuesto de gastos del Instituto Canario de la Mujer.

Segundo.- Establecer las siguientes bases que han de regir en la convocatoria:

1. Podrán aspirar al premio a la Mejor Labor Informativa las/os autoras/es de trabajos que hayan sido publicados o emitidos en cualquier medio de comunicación de Canarias entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2004. Para la concesión del premio el Jurado valorará, especialmente, su contribución a la modificación de estereotipos tradicionales en el tratamiento de la imagen de las mujeres en los diversos ámbitos, el uso del lenguaje no sexista, la divulgación de los logros y las contribuciones de las mujeres en los diversos ámbitos, y su carácter de denuncia de las actuales situaciones de discriminación que sufren las mujeres en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias.

2. Podrán optar al premio a la Mejor Campaña Publicitaria las/os autoras/es de los trabajos en los que se muestre una imagen diversificada de las posibilidades de participación de las mujeres y los hombres en todos los ámbitos de la sociedad, difundidos en Canarias durante el año 2004.

3. Podrán optar al premio Mejor Trabajo Divulgativo las/os autoras/es de obras de estudio o ensayo, cuyo contenido cumpla con los objetivos del Instituto Canario de la Mujer, y que hayan sido editadas en lengua castellana por cualquier entidad pública o privada, en el año 2004.

4. Podrán optar al premio Mejor Trabajo de Investigación las/os autoras/es de obras inéditas, escritas en lengua castellana, cuyo contenido cumpla con los objetivos del Instituto Canario de la Mujer, que no hayan sido encargadas previamente por ningún organismo público, y que hayan sido concluidas en el año 2004.

5. Las/os autoras/es habrán de dirigir, junto con la instancia que figura como anexo, dos copias del trabajo presentado al Instituto Canario de la Mujer, sito en la calle San Sebastián, 53, 3ª planta, Edificio Príncipe Felipe de Santa Cruz de Tenerife, o en la calle Agustín Millares Carló, 18, Edificio de Usos Múltiples II, 3ª planta, de Las Palmas de Gran Canaria, haciendo constar en el sobre la inscripción: "Para los Premios del Instituto Canario de la Mujer 2005", así como la modalidad a la que se presenta. Dentro del sobre, acompañando al trabajo, deberán incluirse los datos personales de quien opta al premio. Para el premio a la Mejor Labor Informativa, y en el caso de que los trabajos, al aparecer en los medios de comunicación, no fueran acompañados de identificación, sus autoras/es tendrán que justificar la autoría del mismo, mediante certificación de quien dirige el medio donde fue divulgado.

6. En relación con la modalidad de Distinciones Honoríficas, apartado e), sólo se admitirán aquellas propuestas que vengan avaladas por entidades, asociaciones o colectivos y acompañadas de un resumen de los motivos y méritos que se considere que concurren en la persona o entidad propuesta.

Con la finalidad de que no queden excluidas personas o entidades cuyos méritos coincidan con las bases de esta convocatoria, el Instituto Canario de la Mujer, a través de su directora, y el Jurado designado al efecto, podrán proponer candidaturas que no hayan sido presentadas, pero cuya indudable calidad o mérito hagan conveniente su inclusión.

7. El plazo para la presentación de los trabajos, así como de las propuestas del apartado e), finalizará el día 7 de febrero de 2005, a las 13,00 horas, y serán fallados antes del día 8 de marzo de 2005, quedando los originales no premiados a disposición de sus autoras/es, en el mismo lugar en que fueron entregados, hasta el día 30 de abril de 2005.

8. El jurado que habrá de fallar los premios y distinciones, cuya composición se determinará oportunamente, podrá declararlos desiertos, dividir o conceder accésit a los mismos, atendiendo siempre a la calidad e interés de las obras.

9. La concesión de alguno de los premios implica el derecho del Instituto Canario de la Mujer sobre la primera edición de estas obras, si así se dispusiera, sin que se devengue cantidad alguna por este concepto.

10. La participación en esta convocatoria significa la aceptación de las presentes bases.

DISPOSICIÓN FINAL

Esta Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 22 de diciembre de 2004.

LA CONSEJERA DE EMPLEO

Y ASUNTOS SOCIALES,

Águeda Montelongo González.

Ver anexos - páginas 558-559

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