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R E S U E L V O:
1.- Notificar la Resolución de la Dirección General de Promoción Económica nº 688 de fecha 29 de septiembre de 2004, por la que se declara la caducidad del procedimiento de inscripción en el Registro de Operadores del Régimen Específico de Abastecimiento de las Islas Canarias de la empresa Emotio Comercial Tenerife, S.L., cuyo texto dice lo siguiente:
"Resultando que finalizada la campaña del año 2003, no consta a la fecha de esta Resolución, solicitud de la empresa interesada instando la renovación de la inscripción en el mismo registro para la campaña 2004.
Considerando que el Reglamento (CE) nº 20/2002 de la Comisión, de 28 de diciembre de 2001, por el que se aprueban disposiciones de aplicación de los regímenes específicos de abastecimiento de las regiones ultraperiféricas establecidos mediante los Reglamentos del Consejo (CE) nº 1452/2001, 1453/2001 y 1454/2001 (Diario Oficial nº L 008 de 11.1.02), establece en su artículo tercero que los planes de previsiones de los regímenes específicos de abastecimientos, instrumento sobre el que se desarrolla la campaña, tienen una vigencia de un año civil.
Considerando que de acuerdo a lo expuesto en los párrafos anteriores la campaña correspondiente al año 2003, finalizó al comienzo del año 2004 y por tanto también la vigencia de la inscripción que coincide con la duración de cada campaña, según determina el artículo 7 del Decreto 12/1995, de 27 de enero, por el que se crea el Registro Específico de Abastecimiento de las Islas Canarias (B.O.C. nº 15, de 3.2.95), siendo necesario presentar nueva solicitud cada cambio de campaña, de acuerdo con el artículo 8 del mismo Decreto.
Por lo anterior,
R E S U E L V O:
Declarar la caducidad de la inscripción de la empresa Emotio Comercial Tenerife, S.L., en el Registro de Operadores del Régimen Específico de Abastecimiento de Productos agrarios de las Islas Canarias.- En Santa Cruz de Tenerife, a 29 de septiembre de 2004.- El Director General de Promoción Económica, Diego Miguel León Socorro".
2.- Notificar al interesado que podrá comparecer en la sede de la Dirección General de Promoción Económica, sita en la Avenida José Manuel Guimerá, 8, Edificio de Usos Múltiples II, 5ª planta, en Santa Cruz de Tenerife, dentro de los diez días siguientes a la publicación del presente anuncio, para conocimiento y constancia del contenido íntegro de los mencionados actos.
3.- Contra la Resolución de caducidad, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Economía y Asuntos Económicos con la Unión Europea en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
4.- Remitir el presente anuncio al Ayuntamiento de La Laguna, para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.
Santa Cruz de Tenerife, a 9 de diciembre de 2004.- El Director General de Promoción Económica, Diego Miguel León Socorro.
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