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RESOLUCIÓN
Visto el Proyecto de Actuación Territorial denominado Complejo Deportivo del Centro Insular del Motor de Tenerife.
ANTECEDENTES
1.- Una vez declarado el interés general de la actividad descrita en este proyecto de Actuación Territorial por parte del Consejo de Gobierno de Canarias, mediante acuerdo de 17 de junio de 2002, se sometió el mismo al trámite de información pública por el período de un mes en base al artículo 26.1.c) del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias.2.- Con posterioridad a este trámite de información, y fruto de la tramitación del expediente, el mismo sufrió una serie de modificaciones además de adjuntarse nueva documentación.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero.- El órgano competente para la aprobación de este Proyecto, según el artē. 26.1.c) del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, corresponde a la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias.
Segundo.- El artē. 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común modificada, entre otras, por la Ley 4/1999, de 13 de enero, prevé que el órgano al que corresponda la resolución del procedimiento, cuando la naturaleza de éste lo requiera, podrá acordar un período de información pública.
R E S U E L V O:
Único.- Someter el expediente de Proyecto de Actuación Territorial denominado Complejo Deportivo del Centro Insular del Motor de Tenerife, junto con su correspondiente Estudio de Impacto Ambiental y Proyecto de Ejecución, al tramite de información pública por el plazo de un mes, a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, estando el mismo a disposición de los ciudadanos en las oficinas que a continuación se detallan de 9,00 a 14,00 horas de lunes a viernes en:
- Dirección General de Ordenación del Territorio, calle Galcerán, 15, Edificio Salesianos, local 17, 38002-Santa Cruz de Tenerife.
- Por edictos en el tablón de anuncios del Cabildo Insular de Tenerife.
- Por edictos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Granadilla.
Contra la presente Resolución, al tratarse de un acto de trámite, no cabe recurso alguno, de conformidad con lo establecido en el artē. 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común modificada, entre otras, por Ley 4/1999, de 13 de enero.
Santa Cruz de Tenerife, a 14 de diciembre de 2004.- El Director General de Ordenación del Territorio, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.
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