BOC - 2004/239. Viernes 10 de Diciembre de 2004 - 1683

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Presidencia y Justicia

1683 - Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 24 de noviembre de 2004, por la que se da publicidad a las bases de la convocatoria para la provisión, mediante el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo de Intervención General, reservado a la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior, del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife.

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Examinado el expediente iniciado a solicitud del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, para la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo de Intervención General, reservado a la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior.

Y teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

1º)Mediante oficio de 14 de octubre de 2004 (registro de salida nº 52.568, de 19 de octubre), la Directora Insular de Recursos Humanos del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife remitió copia del Decreto de la Presidencia de la Corporación, de 8 de octubre de 2004, modificado por Decreto de 9 de noviembre de 2004, por el que se aprueba la convocatoria pública para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo denominado Intervención General, reservado a la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior, actualmente vacante, así como las bases por las que se regirá dicho proceso. Asimismo, mediante Decretos de la Presidencia de la Corporación, de fechas 9 de noviembre y 19 de noviembre de 2004, se modificaron las bases primera y segunda, respectivamente, de la citada convocatoria.

2º)Por Resolución de esta Dirección General, de 6 de septiembre de 1995, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 125, del 27 siguiente, se clasificó el puesto objeto de la presente convocatoria como puesto a proveer por el sistema de libre designación.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 28.2 del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio (B.O.E. nº 189, de 9 de agosto), sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en la redacción dada por el artículo noveno del Real Decreto 834/2003, de 27 de junio (B.O.E. nº 163, de 9 de julio), por el que se modifica la normativa reguladora de los sistemas de selección y provisión de los puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, dispone que la convocatoria para cubrir los puestos de libre designación corresponde al Presidente de la Corporación, quien la remitirá al órgano competente de la comunidad autónoma para su publicación en el Diario Oficial correspondiente y remisión al Ministerio de Administraciones Públicas, en el plazo máximo de diez días, con referencia precisa del número y fecha del diario en el que ha sido publicada. La Dirección General para la Administración Local dispondrá la publicación, cada mes y con carácter regular, del extracto de dichas convocatorias en el Boletín Oficial del Estado. Y especifica, además, que la indicada convocatoria se realizará en el plazo máximo de tres meses desde que el puesto hubiese resultado vacante.

Segunda.- Corresponde a esta Dirección General el ejercicio de las competencias que, respecto a los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, están atribuidas a la Comunidad Autónoma de Canarias, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43, letra b), del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia y Justicia, aprobado por Decreto 40/2004, de 30 de marzo (B.O.C. nº 70, de 13 de abril).

En su virtud, y en el ejercicio de la competencia que ostento,

R E S U E L V O:

Único.- Dar publicidad a la convocatoria efectuada por el Cabildo Insular de Tenerife, para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de Intervención General, reservado a la Escala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior, cuyas bases, aprobadas por Decreto de la Presidencia de la Corporación de fecha 8 de octubre de 2004, y modificado por Decretos de fechas 9 de noviembre y 19 de noviembre de 2004, se transcriben a continuación:

"Primera.- Objeto. La presente convocatoria tiene por objeto proveer mediante el procedimiento de libre designación el puesto de trabajo vacante en la Relación de Puestos de Trabajo del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, FC290 denominado Interventor General, cuyas características son:

- Grupo: A.

- Escala: habilitación de carácter nacional.

- Subescala: Intervención-Tesorería, categoría superior.

- Funciones esenciales: dirección administrativa de las funciones de control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria de de la Corporación, en los términos señalados en el Real Decreto 1.174/1987, de 18 de septiembre, regulador del Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional, así como la dirección de los servicios económicos de la Corporación.

- Nivel de complemento de destino: 30.

- Complemento específico mensual: 143 puntos (valor punto 18,87 euros).

- Tipo de puesto: singularizado.

- Forma de provisión: libre designación.

- Jornada: plena disponibilidad.

Segunda.- Aspirantes. Podrán participar en la convocatoria los funcionarios de carrera de la Administración Local con habilitación de carácter nacional pertenecientes a la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior, así como los funcionarios, Interventores, no integrados en las actuales Subescalas, pertenecientes a los extinguidos Cuerpos o Escalas de Interventores de Administración Local a que se refiere la Disposición Transitoria Primera 2.e) del Real Decreto 1.174/1987, de 18 de septiembre.

No podrán participar:

a) Los funcionarios inhabilitados y los suspensos en virtud de sentencia o resolución administrativa firme, si no hubiera transcurrido el tiempo señalado en ellas.

b) Los funcionarios destituidos a que se refiere el artº. 148.5 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, durante el período a que se extienda la destitución.

c) Los funcionarios en las situaciones de excedencia voluntaria a que se refiere el artº. 29.3.c) y d) de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, si no hubiera transcurrido el plazo de dos años desde el pase a las mismas.

Tercera.- Solicitudes. Las solicitudes para tomar parte en la convocatoria se han de presentar dentro de los quince días naturales siguientes a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Los interesados dirigirán sus solicitudes al Ilmo. Sr. Presidente del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, acompañando a las mismas:

1. Documentación justificativa de los requisitos requeridos.

2. Currículum vitae en el que constarán, los títulos académicos, los años de servicio, los puestos de trabajo desempeñados en la Administración Pública, los estudios y cursos realizados.

3. Acreditación de los méritos alegados que han de ser los que correspondan a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

4. Declaración jurada de no estar incurso en ninguna de las circunstancias que impidan su participación en la convocatoria, recogidas en la base segunda.

5. Así como, cuantos otros documentos estimen oportuno poner de manifiesto.

Todos los requisitos exigidos deberán cumplirse el último día de presentación de solicitudes y conservarse hasta el momento de la toma de posesión.

Cuarta.- Resolución. Concluido el plazo de presentación de solicitudes el Presidente de la Corporación procederá, en su caso, previa constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos en la convocatoria, a dictar la resolución correspondiente en el plazo de un mes, dando cuenta al Pleno de la Corporación y traslado de la misma al órgano competente de la Comunidad Autónoma y a la Dirección General para la Administración Local para anotación y publicación conjunta en el Boletín Oficial del Estado. Dicha resolución se motivará con referencia al cumplimiento, por parte del candidato elegido, de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria y de la competencia para proceder al nombramiento. El puesto deberá ser adjudicado entre los candidatos que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria. En todo caso deberá quedar acreditada en el procedimiento, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento establecido.

Quinta.- Toma de posesión. El plazo de toma de posesión será de tres días hábiles, si se trata de puestos de trabajo de la misma localidad, o de un mes, si se trata de primer destino o de puestos de trabajo en localidad distinta, tal y como establece el artº. 23 del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio.

Sexta.- Impugnación. Contra la convocatoria y sus bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Ilmo. Sr. Presidente del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, en el plazo de un mes o interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife. Ambos plazos serán contados a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Séptima.- Incidencias. En todo lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 9/1999, de 21 de abril; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de régimen local; Real Decreto 1.174/1987, de 18 de septiembre, por el que se aprueba el Régimen Jurídico de los Funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional; Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo a los Funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común."

Santa Cruz de Tenerife, a 24 de noviembre de 2004.- El Director General de la Función Pública, Juan José Rodríguez Rodríguez.



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