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BOC Nº 234. Miércoles 1 de Diciembre de 2004 - 4043

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria

4043 - EDICTO de 27 de septiembre de 2004, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal LEC. 2000 nº 0000841/2003.

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JUZGADO DE: Primera Instancia nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria.

JUICIO: verbal LEC. 2000 0000841/2003.

PARTE DEMANDANTE: D./Dña. Rosario Hernández Cebrián, Corina Hernández Cebrián, Estrella Hernández Cebrián y María Dolores Hernández Cebrián.

PARTE DEMANDADA: D./Dña. Dolores Betancor Collado y Carmen Betancor Collado.

SOBRE: desahucio.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de septiembre de 2004.

D. José Antonio Morales Mateo, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº Uno de esta ciudad y de este Partido Judicial, ha visto los presentes autos de juicio verbal de desahucio nº 841/2003 seguidos en este Juzgado a instancia de Dña. Rosario Hernández Cebrián y otras representada por el Procurador Sr. Esteva Navarro y asistidas del Letrado Sr. Larena Avellaneda Mesa contra Dña. Dolores Betancor Collado y Dña. Carmen Betancor Collado y ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente sentencia.

FALLO

Que debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento existente entre Dña. Rosario Hernández Cebrián y otras y Dña. Dolores Betancor Collado y Dña. Carmen Betancor Collado sobre la finca descrita en el hecho primero de la demanda dando lugar al desahucio solicitado y condenando a las demandadas a que, dentro del término legal, la desalojen y dejen libre y a disposición del actor, bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo verifica, imponiéndoles expresamente las costas de este juicio.

Notifíquese esta sentencia a las partes y hágaseles saber que, contra la misma, pueden interponer recurso de apelación en este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

E/.

PUBLICACIÓN. Leída y publicada la anterior sentencia por el Sr. Juez constituido en audiencia pública. Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 27 de septiembre de 2004 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias para llevar a efecto la diligencia de notificación de Sentencia.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de septiembre de 2004.- El/la Secretario Judicial.

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