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BOC Nº 232. Lunes 29 de Noviembre de 2004 - 4006

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Cabildo Insular de Lanzarote

4006 - ANUNCIO de 12 de noviembre de 2004, por el que se hace pública la Resolución de 17 de junio de 2003, que procede a incoar expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con la categoría de Zona Paleontológica, a favor de Guinate, situada en la cabecera de valle del camino a Fuente de Gayo, término municipal de Haría (Lanzarote).

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La Ilma. Sra. Presidenta del Cabildo de Lanzarote.

HACE SABER:

Que, con fecha 9 de marzo de 2004, la Presidencia de esta Corporación ha adoptado la Resolución nº 2059/03, de 17 de junio de 2003, de esta Corporación, por la que se procede a incoar expediente de declaración de Bien de Interés Cultural con la categoría de Zona Paleontológica de Guinate, situada en la cabecera de valle del camino a Fuente de Gayo, término municipal de Haría, Lanzarote, desconociéndose, y en consecuencia ignorarse el lugar de notificación a las personas interesadas en el entorno de protección, en virtud del artículo 59.4 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, por la que se modifica la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la publicación de la citada Resolución nº 2059/03.

Que, de conformidad con el artículo 42.5.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, el plazo de tramitación del expediente incoado fue suspendido con fecha 30 de abril del año en curso, fecha de solicitud de los informes preceptivos a la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y de La Laguna, órganos consultivos establecidos por la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias.

Resolución nº 2059/03

Vista propuesta formulada por el Servicio de Patrimonio Histórico de esta Corporación, para iniciar expediente de declaración de Bien de Interés Cultural con categoría de Zona Paleontológica, a favor de Guinate, término municipal de Haría, Lanzarote.

Resultando: que, el Cabildo de Lanzarote junto con la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y la Fundación Empresa-Universidad de Las Palmas firmaron en diciembre de 2001, un Convenio de colaboración, para redactar informes sobre los yacimientos paleontológicos más relevantes de la isla de La Graciosa y de Lanzarote, susceptible de quedar afectado por un expediente de declaración de Bien de Interés Cultural.

Resultando: que, como resultado parcial de este trabajo se emite informe sobre el yacimiento paleontológico de Guinate, situado en un derrubio de ladera con aporte eólico en la cabecera de valle del camino a la Fuente de Gayo, en Guinate.

Resultando: que, desde el punto de vista paleontológico, en el yacimiento de Guinate se encuentran restos fósiles de huesos y huevos de pardelas cenicientas junto a nidos fósiles de abejas mineras y de gasterópodos terrestres helícidos.

Resultando: que, la evolución geológica de la zona y las consideraciones paleoclimáticas indican una edad para los restos fósiles y el depósito que los contiene, correspondiente al inicio del Pleistoceno superior.

Resultando: que, el yacimiento se sitúa en las estribaciones más altas del Risco de Famara, en un derrubio de ladera con aporte eólico en la cabecera de valle del camino a la Fuente de Gayo, en Guinate.

Resultando: que, junto a conchas fósiles de gasterópodos terrestres helícidos y nidos fósiles de abejas mineras aparecen fragmentos de huesos y huevos de ave correspondientes a una pardela cenicienta.

Resultando: que, se trata de una pardela propia actualmente del Océano Atlántico central, que se corresponde a un carácter climático típico de un interglacial y, por lo tanto, su amplitud geográfica sería semejante a la actual durante los interglaciales y, posiblemente, se vería reducida a la franja ecuatorial durante el avance de los hielos pleistocenos.

Resultando: que, el último Interglacial (OIS 5.5), con el que se inicia el Pleistoceno superior, hace unos 135.000 años, fue más cálido que los tiempos presentes y también el más cálido de todos los interglaciales pleistocenos en el Atlántico medio, lo que permitiría la nidificación en latitudes más altas, de lo que hay indicios en yacimientos europeos con presencia de estos fósiles.

Resultando: que, en Lanzarote y Fuerteventura la presencia de abundantes nidos fósiles de abejas mineras es propia de períodos interglaciales fundamentalmente en sus inicios húmedos y la última vez que se manifiesta de esa manera es en el comienzo del Pleistoceno, durante el gran húmedo neolítico del Sáhara y anteriormente durante el último interglacial en el estadio isotópico 5.5.

Resultando: que, el contexto geológico revela las posibilidades de datación del yacimiento paleontológico.

Resultando: que, las arenas calcáreas de procedencia eólica están presentes en la zona del depósito de ladera de Guinate y también el polvo sahariano que se relaciona con los nidos fósiles de abejas mineras, aunque el depósito está constituido, en parte, por piroclastos alterados y fragmentos basálticos angulosos dispersos.

Resultando: que, de este yacimiento se puede deducir que el depósito corresponde al Último Interglacial, en el inicio del Pleistoceno superior hace 135.000 años.

Resultando: que, los yacimientos conocidos con restos de Calonectris diomedea Cory son muy escasos y el de Guinate es el único conocido en Canarias.

Considerando: que, de conformidad con el artº. 71.1 de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias, se declararán bienes de interés cultural del patrimonio histórico canario, aquellos bienes que ostenten notorios valores históricos, arquitectónicos, artísticos, arqueológicos, etnográficos o paleontológicos o que constituyan testimonios singulares de la cultura canaria.

Considerando: que, los bienes inmuebles declarados de interés cultural lo serán con arreglo a algunas de las categorías recogidas en la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias, definiéndose como Zona Paleontológica, aquel lugar que contiene vestigios fosilizados o restos de interés científico, conforme establece el artículo 18.1, letra f), de la citada Ley.

Considerando: que, en el capítulo II de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, del Patrimonio Histórico Canario, dedicado al patrimonio paleontológico y etnográfico, recoge en el artº. 72.1: el Patrimonio Paleontológico de Canarias está formado por los bienes muebles e inmuebles que contienen elementos representantes de la evolución de los seres vivos, así como con los componentes geológicos y paleoambientales de la cultura.

Considerando: que, en el punto 2 del citado artículo establece que los bienes más relevantes del patrimonio paleontológico deberán ser declarados de interés cultural o catalogados, según los casos, y en razón de su valor. Se consideran singularmente relevantes los sitios o lugares con un registro fósil de materiales insustituibles o excepcionales relacionados con la cronología o el paleoambiente.

Por lo expuesto, y de conformidad con las competencias que ostenta este Cabildo Insular en materia de Patrimonio Histórico en virtud de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias, y del artº. 34, apartado primero, letra L), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril,

R E S U E L V O:

Primero: incoar expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural con categoría de Zona Paleontológica a favor de Guinate, situado en la cabecera de valle del camino a Fuente de Gayo, término municipal de Haría, de conformidad con la motivación, descripción, delimitación literal, cartográfica que figura en la presente Resolución.

Segundo: abrir un período de información pública de 30 días a fin de que las personas interesadas puedan presentar alegaciones a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias (B.O.C.).

Tercero: continuar con la tramitación del expediente de declaración de acuerdo con la legislación vigente.

Cuarto: hacer saber al Ayuntamiento de Haría que según lo dispuesto en los artículos 8.3.b), 55.2 y 20.1 de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias, cualquier obra o intervención que hubiera de realizarse en las zonas afectadas por la incoación precisarán, en todo caso, autorización del Cabildo de Lanzarote.

Quinto: notificar la presente Resolución a las personas interesadas y al Ayuntamiento de Haría.

Sexto: que, la presente Resolución se traslade a la Dirección General de Patrimonio Histórico de la Viceconsejería de Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias para su conocimiento y a efectos de tramitación de la correspondiente anotación preventiva en el Registro General de Bienes de Interés Cultural.

A N E X O

El yacimiento paleontológico de Guinate se compone de restos fósiles de huesos y huevos de pardela cenicienta, junto a nidos fósiles de abejas mineras y restos de gasterópodos terrestres helícidos. Se sitúan en un derrubio de ladera con aporte eólico en la cabecera de valle del camino a Fuente de Gayo. La evolución geológica de la zona y consideraciones paleoclimáticas indican una edad para los restos fósiles y para el depósito que los contiene, correspondiente al inicio del Pleistoceno superior.

El yacimiento se sitúa en las estribaciones más altas del Risco de Famara con coordenadas geográficas: 29û 10.23 N; 13û 30.81 W.

En el camino a Fuente de Gayo, justo en la vertiente este de una pequeña collada en la línea de cumbres, a unos 400 m de altura sobre el nivel actual del mar, un depósito de derrubios de ladera contiene restos fósiles.

Los restos fósiles de Guinate

Junto a conchas fósiles de gasterópodos terrestres helícidos y nidos fósiles de abejas mineras aparecen fragmentos varios de huesos y huevos de ave. Entre ellos, un húmero derecho que está especialmente bien conservado, puesto que sólo tiene deteriorado el borde de la cresta deltoidea (Tuberositas deltoidea) y roto el resalte superior de la articulación con el cúbito (Epicondylus medialis), que corresponde a una pardela cenicienta. Los fragmentos de cáscara de huevo permiten estimar su longitud en unos 7.5 cm y, por su disposición en el yacimiento, constata su forma subelíptica así como su aparición aislada lo que corresponde todo ello, asimismo, a la pardela cenicienta. Ésta pone un solo huevo de ese tamaño y forma. Además, en sus hábitos de nidificación, a veces, excavan nidos en derrubios (J-M. Moreno, 1988, Guía de las aves de las Islas Canarias, Interinsular Canaria, Santa Cruz de Tenerife) semejantes al que constituye el yacimiento.

Documentación fósil

En la gruta de Furninha, al borde del Océano Atlántico, en Peniche, unas arenas cuaternarias contienen restos óseos de la pardela cenicienta, Calonectris diomedea Cory, publicados bajo su sinónimo Puffinus Kuhli Boie (E. Harlé, 1910, Les mammifres et oiseaux quaternaires connus jusquÕici en Portugal. Mémoire suivi dÕune liste générale de ceux de la Péninsule Ibérique, Communicaçoes da Commissao do Geologico de Portugal, 8, pp. 22 a 85, Lisboa), y acompañados de restos óseos de mamíferos y otras aves. Éstos se encuentran a siete metros de profundidad debajo de una capa con restos humanos y cerámica neolítica. Según E. Harlé (obra mencionada), y en base los restos de mamíferos, fundamentalmente de un tipo de hiena rayada (Hyaena striata Zimm.), la fauna corresponde a una fase cálida del Cuaternario a la cual, más tarde, siguió un enfriamiento del clima que causó la extinción de esta especie de hiena siendo sustituida por la hiena manchada (Hyaena spelaea) totalmente diferente. Por los datos aportados, la edad de estas pardelas fósiles se sitúa entonces en el Último Interglacial, es decir, en el OIS 5.5.

En las cuevas de un acantilado antiguo de la Península Gower, en el sur del País de Gales (South Wales, Reino Unido) han aparecido restos de pardela cenicienta con indicios de nidificación. Estos restos se interpretan como pertenecientes al período cálido interglacial Ipswichian, nombre que recibe el Pleistoceno superior británico. Es decir, se atribuyen los restos al Último interglacial u OIS 5.5 (C-J-O. Harrison, 1977, Non-Passerine Birds of the Ipswichian Interglacial from the Gower Caves, Transactions of the British Cave Research Association. Vol. 4, nº 4, pp. 441 a 442, Bridgewater).

Figura también en la avifauna fósil, con el sinónimo Puffinus Kuhli Boie., del yacimiento con industria mousteriense de la DevilÕs Tower en Gibraltar, en donde aparecieron restos, mandíbula y fragmento de cráneo, de un niño neandertalense (D-M-A. Bate, 1928, Excavation of a Mousterian rock-shelter at DevilÕs Tower, Gibraltar, Journal of the Royal Anthropological Institute, 58, pp. 92 a 110, London). Este yacimiento es célebre porque en él se encontraron, por primera vez, restos animales asociados a restos humanos y utensilios paleolíticos. El yacimiento se ha considerado posterior al Último Interglacial pleistoceno.

La pardela cenicienta, Calonectris diomedea Cory, es conocida fósil, asimismo, en depósitos cuaternarios de Cerdeña, en donde ha sido publicada con diferentes nombres científicos sinónimos (C-A. Walker, G-M. Wragg y C-J-O. Harrison, 1990, A new shearwater from the Pleistocene of the Canary Islands and its bearing on the evolution of certain Puffinus shaerwaters, Historical Biology, Vol. 3, pp. 203 a 224), tal como Puffinus eyermani Shufeldt 1896, para los restos encontrados en Grotto Pietro Tamponi, en la isla de Tavolara en la costa tirrena de Cerdeña (R-W. Shufeldt, 1896, Fossil bones of birds and mammals from Grotto Pietro Tamponi and Grive-St. Alban, Proceedings of the Academy of Natural Sciences of Philadelphia, pp. 507 a 516 y lám. XXIV), yacimiento considerado del Pleistoceno (R. Lydekker, 1891, On Pleistocene bird-remains from the sardinian and Corsican Islands, Proceedings of the Zoological Society of London, pp. 467 a 476, Lámina XXXVII), y tal como Puffinus fuliginosus, utilizado por Lidekker (1891, obra mencionada y E.T. Newton, 1921, Fossil Bird-remains collected by Dr. Forsyth Major in Sardinia, Corsica, and Greece, Proceedings of the Zoological Society of London, pp. 229 a 232).

C-A. Walker et al. (1990, obra mencionada) atribuyen parte de estos fósiles mediterráneos, que pudieron revisar, a una de las subespecies de tamaño pequeño, bien la Calonectris diomedea diomedea del Mediterráneo o la Calonectris diomedea edwardsi de las islas Cabo Verde.

Área geográfica de nidificación

El área geográfica de cría de la pardela cenicienta actual se sitúa en las Islas Azores, Madeira, Salvage, Canarias y Cabo Verde y, en las costas de Portugal y del Mediterráneo central y occidental prefiriendo los acantilados. Son pues aves oceánicas del Atlántico central alcanzando Irlanda por el Norte y Uruguay y Sudáfrica por el sur (G. Tuck y H. Heinzel, 1978, A Field Guide to the Seabirds of Britain and the World, Collins, London). A veces se encuentran divagantes en las Feroe y sedentarias en el Mediterráneo (R. Peterson, G. Mountfort, P-A-D. Hollom, 1954, A Field Guide to the Birds of Britain and Europe, Collins, London).

Indicios paleoclimáticos

En cuanto a la obtención de referencias paleoclimatológicas, hay que considerar que se trata de una pardela del Océano Atlántico central, en los actuales tiempos de carácter climático propio de un interglacial y, por lo tanto, su amplitud geográfica sería semejante a la actual durante los interglaciales y, posiblemente, se vería reducida a la franja ecuatorial durante el avance de los hielos pleistocenos. El Último Interglacial (OIS 5.5), con el que se inicia el Pleistoceno superior, hace unos 135.000 años, fue más cálido que los tiempos presentes y también el más cálido de todos los interglaciales pleistocenos en el Atlántico medio (J. Meco, H. Guillou, J-C. Carracedo, A. Lomoschitz, A-J. G. Ramos y J-J. Rodríguez-Yánez, 2002, The maximum warmings of the Pleistocene world climate recorded in the Canary Islands, Palaeogeography, Palaeoclimatology, Palaeoecology en prensa) y ello permitiría la nidificación en latitudes más altas, de lo que hay indicios en el yacimiento de Gower Caves, en Gran Bretaña.

Por otra parte, en las Canarias orientales, la presencia abundante de nidos fósiles de abejas mineras es propia de períodos interglaciales, fundamentalmente en sus inicios húmedos [N. Edwards y J. Meco, 2000, Morphology and palaeoenvironment of brood cells of Quaternary ground-nesting solitary bees (Hymenoptera, Apidae) from Fuerteventura, Canary Islands, Spain, Proceedings of the GeologistsÕ Association, III, pp. 175 a 183]. La última vez que estuvieron presentes de esa manera fue en el comienzo del Holoceno, durante el gran húmedo neolítico del Sáhara y, anteriormente, durante el último interglacial en el estadio isotópico 5.5.

Asimismo, en el yacimiento de Furninhas en Portugal aparecen los restos de la pardela cenicienta acompañados de restos de mamíferos indicadores de un episodio cálido pre-neolítico que se relaciona con el estadio isotópico 5.5.

Contexto geológico

El contexto geológico revela las posibilidades de datación del yacimiento paleontológico. Éste se sitúa en la ladera oriental del Risco de Famara, construido en el sitio de Tiagua por productos volcánicos, lavas y piroclastos emitidos durante el Plioceno. Parte de ellos, en la altiplanicie de Los Tablones, a su vez, fueron cubiertos por arenas eólicas que se encalicharon a principios del Pleistoceno con el comienzo de un fuerte deterioro climático. Otra gran parte de la altiplanicie se cubrió mucho más tarde, durante el Pleistoceno superior, por los productos volcánicos de La Corona y otros volcanes situados algo más al sur, en el área de Los Helechos, muy próxima al yacimiento de Guinate. La procedencia de las arenas, que cubrieron prácticamente toda la isla de Lanzarote excepto las más altas estribaciones de Los Ajaches, se debe a la reactivación de las anteriores dunas pliocenas, aquellas que contienen los fósiles del yacimiento de Órzola, formadas, a su vez, a partir de la regresión de los depósitos marinos mio-pliocenos y cuyos restos se han conservado también en Papagayo, al sur de Lanzarote.

Las arenas calcáreas de procedencia eólica están presentes en la zona del depósito de ladera de Guinate y también el polvo sahariano que se relaciona con los nidos fósiles de abejas mineras, aunque el depósito está constituido, en parte, por piroclastos alterados y fragmentos basálticos angulosos dispersos.

Edad del depósito y de los fósiles que contiene

De lo anteriormente expuesto sobre el contexto geológico y los indicadores paleoclimáticos se puede deducir que el depósito corresponde al Último Interglacial, en el inicio del Pleistoceno superior hace 135.000 años, puesto que el aporte eólico presente en el derrubio de tipo aluvio/coluvial sólo fue posible antes de la aparición del volcanismo del Pleistoceno superior y, además, los fósiles que contiene son propios de una época interglacial.

El yacimiento de Guinate, contribuye al conocimiento paleornitológico, en concreto, al de las aves que pertenecen a la familia de las Procellariidae y viven en el Atlántico por lo que el yacimiento merece ser conservado con la máxima protección porque constituye un apreciable Bien paleontológico ya que los yacimientos conocidos con restos de Calonectris diomedea Cory son muy escasos y el de Guinate es el único conocido en las Canarias.

Delimitación del Bien de Interés Cultural

Criterio de delimitación del Bien

Para delimitar este bien se ha tenido en cuenta la presencia y desarrollo de la ladera oriental del Risco de Famara, en el que se inserta el derrubio de ladera con aporte eólico en la cabecera de Valle del Camino a la Fuente de Gayo, en Guinate. En toda la ladera es susceptible la presencia de este registro fósil, visible en un desnivel erosionado, pero cuya existencia continúa por toda la estribación de la ladera. Asimismo, se ha tenido en cuenta la unidad geográfica de acogida en su total evolución, desde las crestas más altas hasta el fondo del valle, ya que la presencia de esta unidad es el soporte, la unidad geográfica mínima de acogida en la que se sitúa el yacimiento paleontológico.

El yacimiento lo constituyen los estratos fértiles y la colada lávica que se superpone y da cobijo al marcar la pauta evolutiva del yacimiento. El yacimiento se prolonga a lo largo de la ladera del valle.

El carácter del bien es paleontológico condicionado y motivado por su configuración espacial y en estrecha vinculación con la unidad de acogida que ha permitido su existencia, a través de la que se entiende y explica.

Delimitación literal del Bien de Interés Cultural

Línea 1-2.- Línea quebrada que parte del punto nº 1, con coordenadas UTM X = 650876,1968 e Y = 3229922,5570, y finaliza en el punto nº 2, con coordenadas UTM X = 650916,1968 e Y = 3229839,9345, con una longitud de 78,4 metros.

Línea 2-3.- Línea recta que parte del punto nº 2 y finaliza en el punto nº 3, con coordenadas UTM X = 650859,9500 e Y = 3229725,0608, apoyándose en la línea perimetral de la división parcelaria de las fincas, con una longitud de 148,05 metros.

Línea 3-4.- Línea recta que parte del punto nº 3 y finaliza en el punto nº 4, con coordenadas UTM X = 651020,5198 e Y = 3229628,6790, apoyándose en la línea divisoria entre dos fincas, con una longitud de 187,275 metros.

Línea 4-5.- Línea quebrada que parte del punto nº 4 y finaliza en el punto nº 5, con coordenadas UTM X = 650424,9198 e Y = 3228738,2890, apoyándose sobre un camino de tierra existente, con una longitud de 1.562,39 metros.

Línea 5-6.- Línea quebrada que parte del punto nº 5 y finaliza en el punto nº 6, con coordenadas UTM X = 650193,6320 e Y = 322862539,9345, con una longitud de 277,09 metros.

Línea 6-7.- Línea quebrada que parte del punto nº 6 y finaliza en el punto nº 7, con coordenadas UTM X = 650103,7378 e Y = 3228748.1740, adaptándose a la curva de nivel, con una longitud de 123,01 metros.

Línea 7-1.- Línea quebrada que parte del punto nº 7 y finaliza en el punto nº 1, uniendo todos los puntos de inflexión de las curvas de nivel definiendo la limatesa de la montaña pasando por las cotas 471, 495.20, 495.90, 484.40, 486.20 y 491.90, con una longitud de 1.582,62 metros.

Criterio de delimitación del entorno de protección del Bien

Para establecer la delimitación del entorno de protección del bien se ha tenido en cuenta la naturaleza del mismo, su imbricación en la ladera, su relación con las coladas lávicas y con el fondo del valle. La presencia del barranco ha posibilitado y condicionado su configuración y está muy vinculada a este entorno físico, espacial y orográfico.

El entorno de protección tiene como finalidad prevenir y proteger el bien de las intervenciones que afecten a su integridad, impidan o disminuyan sus valores y las posibilidades de uso y disfrute del bien paleontológico para la comunidad.

Con el fin de garantizar su presencia se establece un entorno de compresión, entendido a modo de cinturón del yacimiento paleontológico, comprendido como perímetro del bien e insertado y evolucionado en un paisaje actual activo que evoluciona de forma natural en que se inserta, se entiende y explica el registro fósil.

Delimitación literal del entorno de protección del bien

Línea 1-2.- Línea quebrada que equidista 50 metros de la línea 1-2 del Bien y parte del punto nº 1, con coordenadas UTM X = 650848,3490 e Y = 3229987.5532, y finaliza en el punto nº 2, con coordenadas UTM X = X = 650969.1575 e Y = 3229881.7209, con una longitud de 204,73 metros.

Línea 2-3.- Línea recta que equidista 50 metros de la línea 2-3 del Bien y parte del punto nº 2 y finaliza en el punto nº 3, con coordenadas UTM X = 650918,5386 e Y = 3229748,2090, con una longitud de 109,11 metros.

Línea 3-4.- Línea quebrada que equidista 50 metros de la línea 3-4 del Bien y parte del punto nº 3 y finaliza en el punto nº 4, con coordenadas UTM X = 651092,9876 e Y = 3229643.4962, con una longitud de 203,46 metros.

Línea 4-5.- Línea quebrada que equidista 50 metros de la línea 4-5 del Bien y parte del punto nº 4 y finaliza en el punto nº 5, con coordenadas UTM X = 650471.2811 e Y = 3228693.7663, con una longitud de 1.694,86 metros.

Línea 5-6.- Línea quebrada que equidista 50 metros de la línea 5-6 del Bien y parte del punto nº 5 y finaliza en el punto nº 6, con coordenadas UTM X = 650150.2419 e Y = 3228563.5468, con una longitud de 363,97 metros.

Línea 6-7.- Línea quebrada que equidista 50 metros de la línea 6-7 del Bien y parte del punto nº 6 y finaliza en el punto nº 7, con coordenadas UTM X = 650023.5467 e Y = 3228680.2347, con una longitud de 182,70 metros.

Línea 7-1.- Línea quebrada que equidista 50 metros de la línea 1-2 del Bien y parte del punto nº 7 y finaliza en el punto nº 1, con una longitud de 1.668,98 metros.

Arrecife, a 12 de noviembre de 2004.- La Presidenta, María José Docal Serrano.

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