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"Vista la solicitud de devolución de tasas académicas efectuada por Dña. Frauke Aulbert para el 5º curso de Grado Medio Logse en el Conservatorio Profesional de Música de Santa Cruz de Tenerife con fecha de entrada en esta Consejería el 4 de octubre de 2004.
HECHOS
1º) El día 28 de junio de 2004, Dña.Frauke Aulbert abonó la cantidad de 120,35 euros en concepto de tasas de matrícula de 5º curso de Grado Medio Logse correspondiente al curso escolar 2004/05, en el Conservatorio Profesional de Música de Santa Cruz de Tenerife.2º) Por el Conservatorio Profesional de Música de Santa Cruz de Tenerife se certifica que la alumna obtiene plaza en un Conservatorio de Alemania para cursar dichos estudios.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
1º) El artículo 22.1 del Decreto Legislativo 1/1994, en su redacción dada por la Ley 10/1999, de 13 de mayo, de Modificación del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que el sujeto pasivo tendrá derecho a la devolución de tasas que haya satisfecho, si, por causas que no le sean imputables, no se hubieran prestado los servicios gravados.Vistos los preceptos legales citados y demás de aplicación,
R E S U E L V O:
1º) Desestimar la solicitud de devolución de tasas académicas presentada por Dña. Frauke Aulbert.
2º) Notifíquese la presente Resolución al interesado, con la indicación de que frente a la misma podrá interponer, en el plazo de quince días, recurso de reposición ante la Ilma. Sra. Secretaria General Técnica o reclamación económico-administrativa ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias, hasta tanto no se constituyan las Juntas a que se refieren los apartados b) y c) del artº. 24 de la Ley Territorial 7/1984, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública de Canarias (B.O.C. de 14.12.84), conforme a lo dispuesto la Disposición Transitoria Trece de dicha ley, no pudiendo simultanear ambos recursos. Si se interpusiere recurso de reposición, no podrá promoverse reclamación económico-administrativa hasta que aquél se haya resuelto expresa o presuntamente.- Santa Cruz de Tenerife, a 8 de octubre de 2004.- La Secretaria General Técnica, Ángeles Bogas Gálvez."
Santa Cruz de Tenerife, a 16 de noviembre de 2004.- La Secretaria General Técnica, Ángeles Bogas Gálvez.
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