Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 230. Jueves 25 de Noviembre de 2004 - 3958

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Economía y Hacienda

3958 - Servicio de Recaudación de Santa Cruz de Tenerife.- Edicto de 26 de octubre de 2004, relativo a notificación de Resoluciones correspondientes a los intereses de demora devengados por el reintegro de subvención.

Descargar en formato pdf

La Tesorera Jefe del Servicio de Recaudación de Santa Cruz de Tenerife de la Consejería de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias.

No habiendo sido posible realizar la notificación de la Resolución de este Servicio de Recaudación, al interesado que se relaciona, por causas no imputables a esta Administración, y una vez intentada por dos veces la notificación en el domicilio reseñado por el interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, a continuación se relaciona la Resolución correspondiente a los intereses de demora devengados por el reintegro de subvención, que se sigue en esta Unidad de Recaudación:

Expediente nº: RS.6/04

Resolución 1732/04

R E S U E L V O:

Que D. Marcelo Jorge Darias Morales deberá proceder al pago de la cantidad de 635,38 euros, correspondiente a 563,45 euros en concepto de reintegro de subvención, así como a los intereses de demora devengados desde el momento del abono de la cantidad percibida en concepto de subvención, por importe de 563,45 euros, y fecha de pago el 20 de diciembre de 2000, hasta la fecha de la Resolución de reintegro, el 4 de septiembre de 2003, siendo aplicable el tipo legal del dinero, según los Presupuestos Generales.

Expediente nº: RS.7/04

Resolución 1727/04

R E S U E L V O:

Que D. Mathias Rapp deberá proceder al pago de la cantidad de 779,39 euros, correspondiente a 691,16 euros en concepto de reintegro de subvención, así como a los intereses de demora devengados desde el momento del abono de la cantidad percibida en concepto de subvención, por importe de 691,16 euros, y fecha de pago el 20 de diciembre de 2000, hasta la fecha de la Resolución de reintegro, el 4 de septiembre de 2003, siendo aplicable el tipo legal del dinero, según los Presupuestos Generales.

Expediente nº: ID.64/04

Resolución 1728/04

R E S U E L V O:

Que Dña. Carmen Padilla Barrera deberá proceder al pago de la cantidad de 76,73 euros, correspondiente a los intereses de demora devengados desde el momento del abono de la cantidad percibida en concepto de subvención, por importe de 601,01 euros, y fecha de pago el 20 de diciembre de 2000, hasta la fecha de reintegro, el 24 de octubre de 2003, siendo aplicable el tipo legal del dinero, según los Presupuestos Generales.

La obligación de pago establecida en estas Resoluciones no exime de las demás responsabilidades en que se haya podido incurrir como consecuencia del incumplimiento del beneficiario, y que se exigirán, en su caso, por los procedimientos que legalmente correspondan.

De conformidad con lo establecido en el artículo 20.2 del Reglamento General de Recaudación, el ingreso deberá realizarse de acuerdo con los siguientes plazos:

a) Las notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

b) Las notificadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

Se le advierte que el vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario determinará la exigibilidad del recargo de apremio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 100 del Reglamento General de Recaudación.

El ingreso de la deuda se podrá realizar en la cuenta corriente que se indica a continuación, sin perjuicio de las restantes entidades bancarias autorizadas a tal efecto.

Titular de la cuenta: "Gobierno de Canarias. Cta. Restringida, Reintegro de subvención e intereses de demora", Código de banco: 2065, Código de sucursal: 0000, Dígitos de control: 08, número de cuenta: 1114005381.

Contra la presente Resolución se podrá interponer, en el plazo de 15 días, recurso de reposición ante el Servicio de Recaudación de Santa Cruz de Tenerife o reclamación económico-administrativa ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda de la Comunidad Autónoma de Canarias, hasta tanto se constituyan las Juntas a que se refieren los apartados b) y c) del artº. 24 de la Ley Territorial 7/1984, de 11 de diciembre, conforme a lo establecido en la Disposición Transitoria Trece de dicha Ley, no pudiendo simultanear ambos recursos.

Dicha deuda podrá ser objeto de aplazamiento o fraccionamiento, con el consiguiente pago de los intereses de demora devengados, previa solicitud en la Tesorería Territorial correspondiente, según determinan los artículos 48 y siguientes del Real Decreto 1.684/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

Santa Cruz de Tenerife, a 26 de octubre de 2004.- La Tesorera Jefe del Servicio de Recaudación de Santa Cruz de Tenerife, Ariane Martínez Sáenz.

© Gobierno de Canarias