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BOC Nº 229. Miércoles 24 de Noviembre de 2004 - 1616

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías

1616 - Dirección General de Comercio.- Resolución de 5 de octubre de 2004, por la que se declara el incumplimiento de condiciones de la subvención concedida a Dña. Gloria Esther Mesa Correa para la realización de inversiones destinadas a la modernización del comercio minorista.- Expte. nº SM-TF/106.03.

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Intentada sin que se haya podido practicar, la notificación de la Resolución citada en el domicilio señalado a tales efectos por el interesado y mediante inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, se procede conforme a lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a Dña. Gloria Esther Mesa Correa de la Resolución nº 269, por la que declara el incumplimiento de condiciones de la subvención concedida, expediente SM-TF/106.03, para la realización de inversiones destinadas a la Modernización del Comercio Minorista, cuyo tener literal es el siguiente:

"Resolución del Director General de Comercio por la que se declara el incumplimiento de condiciones de la subvención concedida a Dña. Gloria Esther Mesa Correa (expediente SM-TF/106.03) para la realización de inversiones destinadas a la modernización del comercio minorista.

Por Orden del Excmo. Sr. Consejero de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías, de fecha 13 de febrero de 2003 (B.O.C. nº 39, de 26.2.03), se convoca concurso para la concesión de subvenciones destinadas a la modernización del comercio minorista, y se aprueban las bases que regirán la misma, resolviéndose la citada convocatoria por Orden de 31 de julio de 2003 (B.O.C. nº 160, de 20.8.03).

I. ANTECEDENTES

1º) En virtud del resuelvo primero de la citada Orden de 31 de julio de 2003 se concede a Dña. Gloria Esther Mesa Correa, una subvención por importe de 5.421,63 euros, representando un porcentaje de subvención de 23,60% respecto a la inversión aprobada de 22.973,00 euros, según expediente SM-TF/106.03.

2º) Dentro del plazo previsto en el apartado quinto de la mencionada Orden, el beneficiario presenta escrito por el que acepta expresamente la subvención concedida y las condiciones establecidas en la Orden de concesión.

3º) En el apartado séptimo de la citada Orden se establece como plazo para justificar la actividad correspondiente a la subvención concedida desde la fecha de publicación de dicha Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, hasta el 14 de noviembre de 2003.

4º) El plazo establecido para la justificación de la subvención concedida ha expirado sin que el beneficiario haya procedido a la preceptiva justificación de la misma, incumpliendo por tanto las condiciones establecidas en la Orden de concesión.

5º) Con fecha 1 de octubre de 2004, el Jefe de Servicio de Comercio emite informe proponiendo la declaración de incumplimiento de condiciones.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

1º) El artículo 31.3 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, especifica que los beneficiarios de subvenciones que no se abonen de modo anticipado, deberán acreditar la realización de la actividad o la adopción de la conducta subvencionada conforme a las condiciones fijadas en la resolución de concesión, así como el coste y los medios de financiación, propios o ajenos, empleados para su desarrollo.

2º) El resuelvo octavo, apartado b), de la Orden de concesión de fecha 31 de julio de 2003, establece entre las obligaciones de los beneficiarios, la de justificar el empleo de los fondos públicos recibidos, en su caso, en la actividad o conducta subvencionada.

Por las atribuciones que me confiere la legislación vigente,

R E S U E L V O:

Primero.- Declarar el incumplimiento de condiciones a Dña. Gloria Esther Mesa Correa (expediente SM-TF/106.03), dando lugar a la pérdida de subvención concedida según Orden del Excmo. Sr. Consejero de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías de fecha 31 de julio de 2003, por un importe de 5.421,63 euros.

Segundo.- Que se comunique al interesado para su conocimiento y efectos.

Tercero.- Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 5 de octubre de 2004.- El Director General de Comercio, Pedro León Boissier.

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