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DENUNCIADO: Juan García Cruz.
AYUNTAMIENTO: Agüimes.
ASUNTO: expediente sancionador de infracción pesquera nº 13/2004.
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN SANCIONADORA
Vista el acta de denuncia originadora del expediente sancionador nº 13/04, elaborada por miembros del Servicio de Inspección y Vigilancia Pesquera de la Secretaría General de Pesca Marítima, se formula la siguiente Propuesta de Resolución Sancionadora, en base a los siguientes
HECHOS
Primero.- Que según la mencionada denuncia, el pasado día 6 de abril de 2004, a las 12,45 horas, el Inspector denunciante, a bordo de la embarcación P 72 Centinela, comprobó cómo los tripulantes de la embarcación del denunciado, denominada Carmita (3ª-TE-1-2662) y que se encontraba realizando faenas de pesca, carecían de la preceptiva titulación náutico-pesquera. Posteriormente se procedió al precinto de la red de cerco utilizada.
Segundo.- Que los hechos denunciados tuvieron lugar en la zona costera al sur de Gran Canaria, concretamente en la ubicación correspondiente a las siguientes coordenadas: Latitud 27û 44´N; Longitud 15û 37´W.
Tercero.- Que el denunciado, D. Juan García Cruz (78.440.980-D), una vez notificado de la iniciación del expediente, no hizo uso de su derecho a formular alegaciones.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
I) El artículo 99.k) de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado (B.O.E. nº 75, de 28 de marzo) establece, como infracción grave, el ejercicio de actividades profesionales pesqueras sin estar en posesión de la titulación que acredita la capacidad y formación profesional náutico-pesquera.
II) Es competencia de esta Viceconsejería de Pesca la incoación y resolución del presente expediente a tenor de lo establecido en el artículo 12 del Decreto 328/1999, de 2 de diciembre (B.O.C. nº 170, de 29 de diciembre), por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.
Por lo tanto, y teniendo en cuenta que los tripulantes de la embarcación del denunciado realizaban faenas de pesca profesional, sin disponer de la preceptiva titulación náutico-pesquera, se propone imponer una sanción de mil (1.000) euros al citado denunciado.
Publíquese esta propuesta al denunciado, indicándole que dispone de un plazo de quince días hábiles para formular alegaciones y presentar los documentos e informaciones que estime pertinentes.
Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de noviembre de 2004.- La Instructora del expediente, María Dolores Ojeda Guerra.
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