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BOC Nº 220. Sábado 13 de Noviembre de 2004 - 3783

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria

3783 - EDICTO de 4 de octubre de 2004, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal LEC. 2000, nº 0001652/2003.

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JUZGADO DE: Primera Instancia nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria.

JUICIO: verbal Lec. 2000 0001652/2003.

PARTE DEMANDANTE: D./Dña. Almacenes Guanarteme.

PARTE DEMANDADA: D./Dña. Agencia de Viajes Lobato, S.L.

SOBRE: desahucio.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuya parte dispositiva literal es el siguiente:

FALLO:

Que debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento existente entre Almacenes Guanarteme, S.L. y Agencia de Viajes Lobato, S.L. sobre las fincas descritas en el hecho primero de la demanda dando lugar al desahucio solicitado y condenando a la demandada a que, dentro del término legal, las desaloje y deje libre y a disposición del actor, bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo verifica, imponiéndoles expresamente las costas de este juicio.

Notifíquese esta sentencia a las partes y hágaseles saber que, contra la misma, pueden interponer recurso de apelación en este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

E/

PUBLICACIÓN. Leída y publicada la anterior sentencia por el Sr. Juez constituido en audiencia pública. Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 4 de octubre de 2004 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de Canarias para llevar a efecto la diligencia de notificación.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de octubre de 2004.- El/la Secretario Judicial.

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