Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 208. Miércoles 27 de Octubre de 2004 - 3511

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Cabildo Insular de Lanzarote

3511 - ANUNCIO de 12 de agosto de 2004, relativo a notificación de Resolución en materia de infracción administrativa de transportes.

Descargar en formato pdf

Providencia de 12 de agosto de 2004, del Instructor de los expedientes sancionadores en materia de transportes que se relacionan, sobre notificación de Resolución en materia de infracción administrativa.

Dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 59, apartado 4º, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre notificación a interesados intentada y no practicada,

D I S P O N G O:

Notificar a los denunciados que se citan, la Resolución formulada con ocasión del expediente que les ha sido instruido por este Cabildo por infracción administrativa en materia de transporte.

La cuantía de la sanción deberá ser ingresada en la cuenta corriente de Caja Insular de Ahorros nº 2052 8029 23 3500007104, haciendo constar en el documento de ingreso el número de expediente sancionador. Por ello dispondrá de un plazo, en el supuesto de recibir la notificación de la presente resolución entre los días 1 y 15 de cada mes, ambos inclusive, hasta el día 5 del mes siguiente; caso de recibirla entre los días 16 y último de cada mes, ambos inclusive, dispondrá hasta el día 20 del mes siguiente. Si vencidos los plazos de ingreso no se hubiere satisfecho la deuda, se procederá a su cobro por la vía administrativa de apremio con el recargo correspondiente al 20% del débito.

Contra la Resolución recaída, que agota la vía administrativa, podrá el interesado interponer recurso potestativo de reposición, previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, ante el Ilmo. Sr. Presidente del Excmo. Cabildo Insular de Lanzarote, en el plazo de un mes a contar desde el día de la publicación de la presente Resolución, o directamente formular recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas o, en su caso, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de publicación de la Resolución que se notifica. Para el supuesto de interposición de recurso de reposición no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta, sin perjuicio, en su caso, de que puedan utilizar cualquier otra acción o recurso que estime procedentes para la defensa de sus intereses. La presentación del recurso suspenderá el plazo de ingreso antes indicado, no obstante en el caso de que la presente Resolución gane firmeza, se reiniciará a partir de la fecha el cómputo de dicho plazo con los efectos señalados en caso de impago.

1) TITULAR: Pedro Perdomo Perdomo; Nº EXPTE.: GC/30286/O/2003; POBLACIÓN: Tías (Lanzarote); MATRÍCULA: 3924-BTY; INFRACCIÓN: artº. 141.c) Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres; artículos 125 y 198.c) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 300 euros (49.916 pesetas); HECHO INFRACTOR: recoger/transportar viajeros fuera del término municipal en los supuestos para los que no están autorizados.

2) TITULAR: Paul Derek Shepherd; Nº EXPTE.: GC/30214/O/2003; POBLACIÓN: Tías (Lanzarote); MATRÍCULA: GC-2884-CM; INFRACCIÓN: artº. 142.c) Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres; artº. 199.c) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre (B.O.E. de 8.10.90) y Orden Ministerial de 25.10.90 (B.O.E. de 30.10.90); CUANTÍA: 90 euros (14.975 pesetas); HECHO INFRACTOR: carecer de todos los distintivos en transporte privado complementario de mercancías.

3) TITULAR: Manuel Antonio Esteban Pérez; Nº EXPTE.: GC/30209/O/2003; POBLACIÓN: San Bartolomé (Lanzarote); MATRÍCULA: 1860-BZY; INFRACCIÓN: artículos 90 y 140.a), en relación con el artº. 141.o) Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres; artículos 109, 197.a) y 198.p) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre y Decreto 53/1999, de 8 de abril; CUANTÍA: 670 euros (111.479 pesetas) y precinto del vehículo 1860-BZY durante tres meses; HECHO INFRACTOR: realizar transporte público discrecional de viajeros, en vehículo de menos de 9 plazas, careciendo de autorización administrativa.

4) TITULAR: Leila Selan Dris; Nº EXPTE.: GC/30207/O/2003; POBLACIÓN: Melilla; MATRÍCULA: GR-1954-AC; INFRACCIÓN: artículos 103 y 141.b) Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres; artículos 158 y 198.b) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 300 euros (49.916 pesetas); HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías, en vehículo ligero, careciendo de autorización administrativa.

5) TITULAR: Alfredo Rodríguez Borges; Nº EXPTE.: GC/30245/O/2003; POBLACIÓN: Arrecife (Lanzarote); MATRÍCULA: GC-3211-CB; INFRACCIÓN: artº. 140.b) Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres; artículos 197.b) y 198.r) del Real Decreto 1.211/1990, artº. 33.10 del Real Decreto 2.115/1998, de 2 de octubre y Capítulo 5.4.1 y 5.4.2 del ADR 2001; CUANTÍA: 1.500 euros (249.579 pesetas); HECHO INFRACTOR: no llevar los documentos de acompañamiento de la mercancía (carta de porte o cualquier otro exigible) en transporte de mercancías peligrosas.

6) TITULAR: Surtido y Competitividad, S.L.; Nº EXPTE.: GC/30302/O/2003; POBLACIÓN: Arrecife (Lanzarote); MATRÍCULA: GC-9216-BJ; INFRACCIÓN: artículos 103 y 141.b) Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres; artículos 158 y 198.b) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 300 euros (49.916 pesetas); HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías, en vehículo ligero, careciendo de autorización administrativa.

7) TITULAR: Servicios de Transportes y Tránsitos Las Palmas, S.L.; Nº EXPTE.: GC/30300/O/2003; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria (Gran Canaria); MATRÍCULA: B-4059-UF; INFRACCIÓN: artículos 90 y 140.a) Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres; artículos 41 y 197.a) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 1.900 euros (316.133 pesetas) y precinto del vehículo B-4059-UF durante tres meses; HECHO INFRACTOR: realizar transporte público de mercancías, en vehículo pesado, careciendo de autorización administrativa.

8) TITULAR: Montecristo Gestión, S.L.; Nº EXPTE.: GC/30239/O/2003; POBLACIÓN: Pájara (Fuerteventura); MATRÍCULA: GC-6485-CM; INFRACCIÓN: artículos 66, 140.b) y 141.o).q) Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, artículos 140, 197.b) y 198.p).r) del Real Decreto 1.211/1990, de 28.9 y artículos 33.13 y 34.9 del Real Decreto 2.115/1998, de 2.10. Capítulo 5.2 del ADR 2001; CUANTÍA: 1.380 euros (229.613 pesetas); HECHO INFRACTOR: carecer el GRG de plástico en transporte de mercancías peligrosas de las etiquetas de peligro, cualquier tipo de placa o marcas reglamentarias que sean obligatorias.

9) TITULAR: Montecristo Gestión, S.L.; Nº EXPTE.: GC/30236/O/2003; POBLACIÓN: Pájara (Fuerteventura); MATRÍCULA: GC-6485-CM; INFRACCIÓN: artº. 140.b) Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, artº. 197.b), en relación con el artº. 198.r) Real Decreto 1.211/1990, de 28.9; artº. 33.2 del Real Decreto 2.115/1998, de 2 de octubre. Y Capítulo 6.1.3 del ADR 2001; CUANTÍA: 1.500 euros (249.579 pesetas); HECHO INFRACTOR: realizar transporte de mercancías peligrosas utilizando envases o embalajes (GRG) careciendo de las correspondientes marcas (que certifican la clase, material, grupo de embalaje, fecha de fabricación, nombre o sigla del fabricante).

10) TITULAR: Segur Proyet, S.L.; Nº EXPTE.: GC/30309/O/2003; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria; MATRÍCULA: 3571-BGN; INFRACCIÓN: artº. 143 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres; artº. 201 del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; CUANTÍA: 90 euros: HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías, en vehículo ligero, careciendo de autorización administrativa cumpliendo los requisitos para su otorgamiento.

11) TITULAR: Aquadream Pool Spa, S.L.; Nº EXPTE.: GC/30310/O/2003; POBLACIÓN: Teguise (Lanzarote); MATRÍCULA: GC-2995-CJ; INFRACCIÓN: artículos 103 y 141.b) de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres; artículos 158 y 198.b) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; CUANTÍA: 300 euros; HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías, en vehículo ligero, careciendo de autorización administrativa.

12) TITULAR: E. Benjamín Rogel Rodríguez; Nº EXPTE.: GC/30201/O/2003; POBLACIÓN: Tías (Lanzarote); INFRACCIÓN: artº. 142.b) de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres; artº. 199.b) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; artº. 17, Orden Ministerial de 20.7.95; CUANTÍA: 60 euros; HECHO INFRACTOR: no llevar a bordo del vehículo arrendado el contrato de alquiler sin conductor o una copia del mismo.

13) TITULAR: Servicios Musicales Lanzarote, S.L.; Nº EXPTE.: GC/30279/O/2003; POBLACIÓN: Arrecife (Lanzarote); MATRÍCULA: GC-4107-M; INFRACCIÓN: artículos 103 y 141.b) de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres; artículos 158 y 198.b) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; CUANTÍA: 300 euros (49.916 pesetas); HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías, en vehículo ligero, careciendo de autorización administrativa.

14) TITULAR: M.A. Scuba Diving, S.L.; Nº EXPTE.: GC/30137/O/2003; POBLACIÓN: Teguise (Lanzarote); MATRÍCULA: 4742-BDT; INFRACCIÓN: artículos 90, 140.a) y 141.o) de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres; artículos 109, 197.a) y 198.p) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 670 euros (111.479 pesetas) y precinto del vehículo durante tres meses; HECHO INFRACTOR: realizar un transporte público discrecional de viajeros, en vehículo de menos de 9 plazas, careciendo de autorización administrativa.

15) TITULAR: Almocons Cerramientos y Obras, S.L.; Nº EXPTE.: GC/30253/O/2003; POBLACIÓN: Arrecife (Lanzarote); MATRÍCULA: GC-5042-BV; INFRACCIÓN: artículos 103 y 141.b) de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres; artículos 158 y 198.b) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 300 euros (49.916 pesetas); HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías, en vehículo ligero, careciendo de autorización administrativa.

16) TITULAR: Ablanza, S.L.; Nº EXPTE.: GC/30121/O/2003; POBLACIÓN: Arrecife (Lanzarote); MATRÍCULA: GC-2717-BP; INFRACCIÓN: artº. 142.b) de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres; artº. 199.b) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 30 euros (4.992 pesetas); HECHO INFRACTOR: no llevar a bordo la tarjeta de transportes en servicio público de mercancías.

17) TITULAR: Ibercon Construcciones y Subcontratas, S.L.; Nº EXPTE.: GC/30191/O/2003; POBLACIÓN: Teguise (Lanzarote); MATRÍCULA: GC-4514-CM; INFRACCIÓN: artículos 141.i) y 142.m) de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres; artículos 198.j) y 199.ñ) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 210 euros (34.941 pesetas); HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado de mercancías, en vehículo ligero, con exceso de peso de 24%.

18) TITULAR: Helmut Buchholz; Nº EXPTE.: GC/30063/O/2003; POBLACIÓN: Yaiza (Lanzarote); MATRÍCULA: GC-6928-CC; INFRACCIÓN: artículos 103 y 141.b) de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres; artículos 158 y 198.b) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 300 euros (49.916 pesetas); HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías, en vehículo ligero, careciendo de autorización administrativa.

19) TITULAR: Consulting Turístico Canario, S.A.; Nº EXPTE.: GC/30252/O/2003; POBLACIÓN: Las Palmas de Gran Canaria (Gran Canaria); MATRÍCULA: 8540-BHH; INFRACCIÓN: artículos 103 y 141.b) de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres; artículos 158 y 198.b) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre (B.O.E. de 8.10.90); CUANTÍA: 600 euros (99.832 pesetas); HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías, en vehículo pesado, careciendo de autorización administrativa.

20) TITULAR: Secosur, S.L.; Nº EXPTE.: GC/30262/O/2003; POBLACIÓN: Arrecife (Lanzarote); MATRÍCULA: 2960-BHB; INFRACCIÓN: artículos 103 y 141.b) de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres; artículos 158 y 198.b) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; CUANTÍA: 300 euros (49.916 pesetas); HECHO INFRACTOR: realizar transporte privado complementario de mercancías, en vehículo ligero, careciendo de autorización administrativa.

Arrecife, a 12 de agosto de 2004.- El Instructor, Pedro M. Fraile Bonafonte.

© Gobierno de Canarias