Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 202. Martes 19 de Octubre de 2004 - 3368

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

3368 - Dirección General de Servicios Sociales.- Anuncio de 21 de septiembre de 2004, por el que se notifica a D. Rafael Gusano Hernández, con D.N.I. nº 43.755.838-V, la Resolución de 3 de octubre de 2003 por la que se le deniega la ayuda económica básica, regulada por Decreto 13/1998, de 5 de febrero, por ignorado paradero.

Descargar en formato pdf

Habiendo sido intentada la notificación en el domicilio que figura en el expediente, sin que haya sido recibida por el interesado como establece el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, es por lo que de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 4 del mismo texto legal, se le hace saber el siguiente acuerdo:

Visto el expediente instruido como consecuencia de la solicitud de ayuda económica básica presentada por D. Rafael Gusano Hernández con entrada en este Centro Directivo el 25 de marzo de 2003, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 13/1998, de 5 de febrero (B.O.C. nº 27, de 2.3.98), por el que se regulan las ayudas económicas básicas y teniendo en cuenta los siguientes hechos y fundamentos de derechos:

HECHOS

Único.- Que D. Rafael Gusano Hernández con fecha 25 de marzo de 2003, presenta solicitud de ayuda Económica Básica.

FUNDAMENTOS DE DERECHOS

Primero.- Que de conformidad con el artículo 4 del Decreto 13/1998, de 5 de febrero, sólo tendrán derecho a percibir la ayuda quienes reúnan los requisitos establecidos en el mismo.

Segundo.- Que se han cumplido las prescripciones establecidas en el citado Decreto para la tramitación de esta solicitud.

Tercero.- Que el solicitante no reúne los requisitos establecidos en la normativa aplicable para tener derecho a esta ayuda.

Visto el Decreto 13/1998, de 5 de febrero, por el que se regulan las ayudas económicas básicas, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás normativas de general aplicación, esta Dirección General de Servicios Sociales,

R E S U E L V E:

Primero.- Denegar a D. Rafael Gusano Hernández la ayuda económica básica solicitada, al no quedar acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en el Decreto 13/1998, de 5 de febrero, en base a "percibir el solicitante pensión pública, prestación o subsidio por desempleo o cualquier otro tipo de ayuda cuyo fin sea atender a las necesidades básicas o tener derecho a percibirlas."

Contra el presente acto, que no agota la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante la Viceconsejería de Asuntos Sociales e Inmigración, en el plazo de un mes desde su notificación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 20.1 del Decreto 212/1991, de 1 de septiembre, sin perjuicio de las demás acciones que pudiera interponerse.

Segundo.- Notifíquese la presente Resolución al interesado en el plazo establecido en el artículo 58.2 de la referida Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.- Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de octubre de 2003.- La Directora General de Servicios Sociales, María del Carmen Hernández Bento.

Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de septiembre de 2004.- La Directora General de Servicios Sociales, María del Carmen Hernández Bento.

© Gobierno de Canarias