BOC - 2004/190. Jueves 30 de Septiembre de 2004 - 1386

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda

1386 - ORDEN de 24 de septiembre de 2004, por la que se convoca para el presente ejercicio de 2004, la concesión de subvenciones al transporte interinsular de mercancías efectuado en el primer semestre del año 2004.

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Examinado el expediente instruido por la Dirección General de Transportes relativo al asunto indicado, se han constatado los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

1º) Con fecha 18 de mayo de 2004 se publica en el Boletín Oficial de Canarias nº 95 la Orden de 21 de abril de 2004 de la Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda, por la que se aprueban las bases de vigencia indefinida para la concesión de subvenciones al transporte interinsular de mercancías y la convocatoria para el presente ejercicio 2004, relativa al transporte efectuado en el segundo semestre del año 2003.

2º) De acuerdo con la base tercera de la Orden de 21 de abril de 2004, y el artículo 10.2 Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, anualmente se publicarán en el Boletín Oficial de Canarias las Órdenes Departamentales respecto a cada período subvencionable, fijando el plazo de presentación de solicitudes, el importe presupuestario y la aplicación presupuestaria correspondientes, haciendo mención expresa a las bases de la convocatoria a que se refieren y al Boletín Oficial de Canarias en que fueron publicadas.

3º) Vista la propuesta de la Directora General de Transportes.

4º) Vistas las dos Órdenes de 17 de septiembre de 2004 del Consejero de Economía y Hacienda por la que se autoriza en la primera la convocatoria pública de subvenciones al transporte interinsular de mercancías en el primer semestre de 2004 eximiendo del cumplimiento del plazo acordado por el Gobierno en sesión de 12 de mayo de 2004, y en la segunda se autoriza la resolución de dicha convocatoria eximiendo igualmente del cumplimiento del plazo de resolución acordado por el Gobierno en la misma sesión mencionada.

Resultan de aplicación a los citados antecedentes de hecho los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I.- El artículo 10.4 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, establece que corresponde efectuar las convocatorias a los titulares de los Departamentos, a iniciativa de los órganos gestores y a propuesta de la Secretaría General Técnica.

En su virtud, de conformidad con las disposiciones administrativas de general aplicación, a propuesta de la Directora General de Transportes,

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar para el presente ejercicio de 2004, la concesión de subvenciones al transporte aéreo y marítimo interinsular de mercancías efectuado en el primer semestre del año, conforme a las bases reguladas en la Orden de 21 de abril de 2004, de la Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 95, de 18 de mayo de 2004, y el Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, con arreglo a las condiciones que se recogen en los siguientes apartados.

Segundo.- El importe presupuestado en el ejercicio de 2004, para las subvenciones al transporte interinsular de mercancías realizado en el primer semestre del año 2004, se cifra en un millón ochocientos veintiséis euros con noventa y nueve céntimos (1.000.826,99 euros), distribuyéndose dicho importe en quinientos noventa y un mil cincuenta y cuatro euros con treinta céntimos (591.054,30 euros) con cargo a la aplicación presupuestaria 11.09.513K.470.21 P.I.L.A. 16417802 " Compensación al transporte interinsular de mercancías", doscientos mil (200.000,00) euros con cargo a la aplicación presupuestaria 11.09.513K. 470.21 P.I.L.A.11411602 "Compensación al transporte por distribución de medios" y doscientos nueve mil setecientos setenta y dos euros con sesenta y nueve céntimos (209.772,69 euros) con cargo a la aplicación presupuestaria 11.09. 513K. 470. 21 P.I.L.A. 16417002 " Compensación al transporte".

Tercero.- Las solicitudes correspondientes a la presente convocatoria se presentarán en los treinta días naturales siguientes a su publicación.

Cuarto.- Se faculta a la Directora General de Transportes para que dicte las instrucciones pertinentes en orden al desarrollo y aplicación de lo dispuesto en las bases de la convocatoria.

Quinto.- Se delega en la Directora General de Transportes la facultad de resolución del otorgamiento de las subvenciones al transporte interinsular mercancías.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Infraestructuras, Transportes y Vivienda, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien, cabe interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias que corresponda, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, significando que, en el caso de interponer recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso potestativo de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 24 de septiembre de 2004.

EL CONSEJERO DE INFRAESTRUCTURAS,

TRANSPORTES Y VIVIENDA,

Antonio Ángel Castro Cordobez.



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