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D. José Luis Goizueta Adame, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido.
HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:
Vistos, por el Ilmo. Sr./a. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido, los presentes autos de juicio verbal lec. 2000, bajo el nº 0000415/2001, seguidos a instancia de D. Segismundo León Armas, representado por el procurador Dña. Mónica Padrón Franquiz, y dirigido por el Letrado D. José Monzón Álvarez, contra D. Francisco Saavedra Baulo y Direct Seguros, S.A., en paradero desconocido y en situación de rebeldía el primero.
FALLO: que estimando la demanda interpuesta por la procuradora Mónica Padrón Franquiz en nombre y representación de D. Segismundo León Armas, condeno a D. Francisco Saavedra Baulo y a la entidad Direct Seguros, S.A., a que solidariamente abonen al actor la cantidad de doscientos noventa y ocho euros con cuarenta y un céntimos (298,41 euros), más los intereses legales incluidos los recogidos en el artículo 20 de la L.C.S., e imponiéndole las costas al actor.
Y para que sirva de notificación al demandado, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de marzo de 2003.- El/la Magistrado-Juez.- El/la Secretario.
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