BOC - 2004/184. Miércoles 22 de Septiembre de 2004 - 1348

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

1348 - Dirección General de Personal.- Resolución de 31 de agosto de 2004, por la que se modifica la Resolución de 29 de junio de 2004, que concede licencias para estudios, sin retribución para el curso 2004/2005 (B.O.C. nº 135, de 14.7.04).

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Mediante la Resolución de 29 de junio de 2004 se concede a D. José Tomás González Díaz licencia para realizar estudios, sin derecho a percepción de retribución alguna, para el curso 2004/2005. No obstante, a petición del interesado y a la vista de lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

De acuerdo con las facultades que me atribuye el artículo 13 del Decreto 305/1991, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes

R E S U E L V O:

Primero.- Modificar el anexo II "Cuerpos docentes no universitarios excepto el Cuerpo de Maestros" de la Resolución de 29 de junio de 2004, registrada en el libro de Resoluciones de la Dirección General de Personal con el nº 6884 el 2 de julio de 2004 y publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 135, de 14 de julio de 2004 en el sentido de eliminar del citado anexo a D. José Tomás González Díaz al aceptarse su renuncia a la licencia concedida.

Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, puede interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, ante la Dirección General de Personal en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo que corresponda en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de cualquier otro que estime procedente.

Las Palmas de Gran Canaria, a 31 de agosto de 2004.- El Director General de Personal, Juan Manuel Santana Pérez.



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