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BOC Nº 184. Miércoles 22 de Septiembre de 2004 - 3094

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías

3094 - Dirección General de Industria y Energía.- Anuncio de 5 de agosto de 2004, relativo a notificación de la propuesta de resolución que formula la instructora del expediente sancionador ES.AE.LP 11/04, incoado a D. Francisco Valido González, por la comisión de una infracción administrativa grave.

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Habiéndose dictado propuesta de resolución de la instructora del expediente de referencia ES.AE.LP: 11/04, e intentada la notificación de la misma al interesado, sin éxito, es por lo que, a tenor de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, esta Dirección General de Industria y Energía,

R E S U E L V E:

1.- Remitir la propuesta de resolución anexa al Ilmo. Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para su publicación en el tablón de edictos.

2.- Asimismo, se le pone de manifiesto el expediente sancionador para su oportuno examen en la Dirección General de Industria y Energía, sita en la calle Cebrián, 3, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria (Edificio del ITC, planta segunda), con el fin de que en el plazo de quince días pueda formular las alegaciones y presentar los documentos e informaciones que estime pertinentes ante el instructor del procedimiento, conforme dispone el artículo 19 del Real Decreto 1.398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

3.- Ordenar la publicación de la presente propuesta de resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de agosto de 2004.- El Director General de Industria y Energía, Celso Perdomo González.

A N E X O

Visto el expediente sancionador iniciado a D. Francisco Valido González, por la comisión de una infracción administrativa grave.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- A instancias de la denuncia presentada por el Seprona en la Dirección General de Industria y Energía, con fecha 9 de octubre de 2003 se realiza visita de inspección por Técnico Facultativo de la Administración a las instalaciones de gasoil para consumo propio, ubicadas en la calle San Nicolás de Tolentino, s/n (La Cazuela), término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, cuyo titular es D. Francisco Valido González, habiendo comprobado la existencia de un depósito aéreo de 5.000 litros de gasoil para suministro de vehículos, sin contar con la preceptiva puesta en servicio.

Segundo.- Con fecha 29 de abril de 2004, el Viceconsejero de Industria y Nuevas Tecnologías acordó la iniciación de un expediente sancionador a D. Francisco Valido González, por la comisión de una infracción administrativa grave.

Tercero.- Ante la imposibilidad de notificar al interesado el acuerdo de iniciación, se publicó el mismo en el Boletín Oficial de Canarias el día 14 de mayo de 2004.

Cuarto.- El interesado no presentó escrito de alegaciones en relación con el citado acuerdo de iniciación de expediente sancionador.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- En el presente expediente sancionador se han comprobado los siguientes hechos:

1. La existencia y funcionamiento de un depósito aéreo para suministro de vehículos propios emplazados en la calle San Nicolás de Tolentino, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, con capacidad para 5.000 litros de gasoil (producto de la clase C), sin haber presentado previamente la preceptiva documentación de puesta en servicio.

2. D. Francisco Valido González es la persona propietaria del referido depósito.

Segundo.- El apartado 33 de la ITC MI-IP 03 del Real Decreto 1.523/1999, de 1 de octubre, por el que se modifica el Reglamento de instalaciones petrolíferas, dispone que para la puesta en servicio de las instalaciones de almacenamiento de productos de las clases C y D exterior que no superen los 5.000 litros se deberá presentar ante el órgano territorial competente la correspondiente memoria y un croquis en el que se describa y detalle la misma, y certificado final acreditativo de la adaptación de las instalaciones a la ITC, firmados ambos por el responsable técnico de la empresa instaladora de la obra. En el presente caso, las instalaciones de almacenamiento alcanzan los 5.000 litros, y por tanto, resulta de aplicación lo establecido en la precitada ITC.

Tercero.- A la vista de cuanto antecede, tales hechos son constitutivos de una infracción administrativa grave tipificada en el artº. 31.2.b) de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, a cuyo tenor: "Son infracciones graves las siguientes:

b) La puesta en funcionamiento de instalaciones careciendo de la correspondiente autorización, cuando ésta sea preceptiva de acuerdo con la correspondiente disposición legal o reglamentaria."

En este caso, el titular de la instalación no ha cumplido con los trámites de puesta en servicio establecidos en el apartado 33 de la ITC MI-IP03 del Real Decreto 1.523/1999.

Cuarto.- El artículo 34 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, establece que las infracciones graves serán sancionadas con multa desde 3.005,07 euros hasta 90.151,81 euros.

Para la determinación de la sanción se tendrá en cuenta el principio de proporcionalidad sancionado en el artículo 131 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Quinto.- La Viceconsejería Industria y Nuevas Tecnologías es el órgano competente para resolver el presente expediente sancionador, de acuerdo con lo previsto en el artículo 38.7.i) del Decreto 116/2001, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la extinta Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica.

Por todo ello, la Instructora del expediente sancionador formula la siguiente

PROPUESTA:

Que se sancione a D. Francisco Valido con una multa de 3.005,07 euros, por la comisión de una infracción administrativa grave, según lo previsto en la vigente Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.- Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de junio de 2004.- La Instructora, Rosa Pintor Riquelme.

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