Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 166. Viernes 27 de Agosto de 2004 - 1270

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

1270 - Dirección General de Universidades e Investigación.- Resolución de 17 de agosto de 2004, por la que se fija el plazo de presentación de solicitudes, importe asignado para esta convocatoria y aplicación presupuestaria de subvenciones para la realización de proyectos de investigación dentro de áreas científico-tecnológicas focalizadas.

Descargar en formato pdf

Por Orden del Consejero de Educación, Cultura y Deportes nº 549 de 15 de julio de 2004 (B.O.C. nº 144, de 27 de julio) se aprobaron con carácter indefinido las bases que han de regir las convocatorias de concesión de subvenciones para la realización de proyectos de investigación dentro de áreas científico-tecnológicas focalizadas.

En la base tercera se dispone que en cada ejercicio presupuestario se publicará en el Boletín Oficial de Canarias la oportuna Resolución de la Dirección General de Universidades e Investigación acordando el plazo de presentación de solicitudes, el importe asignado a esa convocatoria y su aplicación presupuestaria.

Una vez iniciado el ejercicio presupuestario de 2004, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 3, 4, 5.1, y 16 del Decreto 30/2004, de 23 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de las becas, ayudas y subvenciones a los estudios universitarios y a la investigación, desarrollo tecnológico e innovación (B.O.C. nº 65, de 2 de abril), el apartado tercero de la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E. nº 278, de 18 de noviembre) y, en virtud de las competencias que se me delegan,

R E S U E L V O:

Primero.- Fijar el plazo de presentación de solicitudes de subvenciones destinadas a la realización de proyectos de investigación dentro de áreas científico-tecnológicas focalizadas, que será de 30 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Segundo.- La dotación económica asignada para esta convocatoria será de un total de ochocientos noventa y cinco mil (895.000,00) euros que se abonará con cargo a la partida presupuestaria 18.07.422E. 780.11 P.I./L.A. 00718601 "Proyectos de Investigación e Innovación" cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (F.E.D.E.R.) con un porcentaje del 75%.

Tercero.- De conformidad con la base primera, apartado segundo de la Orden nº 549 de 15 de julio (B.O.C. nº 144, de 27 de julio), las áreas temáticas a las que deberán ajustarse los proyectos y, de acuerdo con el Plan Canario de I + D + I, serán las siguientes: Tecnologías para la Sociedad del Conocimiento; Energías renovables; Biomedicina y Salud; Desarrollo sostenible; Agroalimentación; Transportes; Estudios socioeconómicos y culturales de la realidad canaria; Astrofísica Espacio y Tecnologías asociadas y promoción de la cultura científico técnica y la difusión y divulgación de resultados.

Cuarto.- Las solicitudes se presentarán en documento original y copia, irán dirigidas al Director General de Universidades e Investigación conforme al modelo normalizado que figura en los anexos de la Orden, y deberán hacerse preferentemente en los Vicerrectorados de Investigación de las Universidades públicas canarias o en las dependencias de la Dirección General de Universidades e Investigación en Santa Cruz de Tenerife, Residencial Anaga, Plaza de José de Zárate y Penichet, planta baja, Edificio Arco Iris, código postal 38001, o en la Dirección Territorial de Educación en Las Palmas de Gran Canaria, Avenida 1º de Mayo, 11, Edificio Cofarca, código postal 35002.

Asimismo, las solicitudes podrán presentarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En las solicitudes se harán constar expresamente por el interesado los siguientes extremos:

a) Que se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma.

b) Que no ha recibido subvenciones, ayudas u otras atribuciones patrimoniales gratuitas con el mismo objeto de cualquier Administración, ente público, entidad privada o particular. En otro caso, deberá consignar las que haya solicitado y el importe de las recibidas.

c) Que no se halla inhabilitado para recibir ayudas o subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.

La documentación a aportar, también por duplicado ejemplar, podrá hacerse en original o mediante copia auténtica, pudiendo exigir el interesado la devolución, previo cotejo de los documentos originales aportados.

Quinto.- Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y una vez revisadas, si no vinieran cumplimentadas en todos sus términos o no fueran acompañadas de la documentación relacionada en la base quinta, se requerirá al interesado para que, en el plazo máximo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si no lo hiciera, se le tendrá por desistido en su petición. Asimismo, se notificará a los interesados que no cumplan con los requisitos para participar en la convocatoria la causa de la posible exclusión de la solicitud para que puedan efectuar, en el mismo plazo de días, las alegaciones que estimen oportunas.

Sexto.- La presente Resolución, al ser dictada en virtud de las competencias delegadas, pone fin a la vía administrativa, y contra de la misma podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, o directamente, recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 17 de agosto de 2004.- El Director General de Universidades e Investigación, p.s., el Viceconsejero de Educación (Orden nº 564, de 22.7.04), Fernando Hernández Guarch.

© Gobierno de Canarias