Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 163. Martes 24 de Agosto de 2004 - 2741

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías

2741 - Dirección General de Fomento Industrial e Innovación Tecnológica.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 3 de agosto de 2004, que requiere a los interesados al objeto de que procedan a la subsanación de las solicitudes o acompañen los documentos preceptivos establecidos en la Orden de 27 de mayo de 2004, por la que se convoca mediante concurso la concesión de subvenciones para la Innovación y Desarrollo Tecnológico de Empresas Industriales y de Base Tecnológica, y se aprueban las bases que regirán la misma.

Descargar en formato pdf

Vistas las solicitudes presentadas ante esta Dirección General para la concesión de subvenciones para la Innovación y Desarrollo Tecnológico de Empresas Industriales y de Base Tecnológica.

Teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

1. Mediante Orden de 27 de mayo de 2004, se convoca concurso para la concesión de subvenciones para la Innovación y Desarrollo Tecnológico de Empresas Industriales y de Base Tecnológica, y se aprueban las bases que regirán la misma.

2. Concluido el plazo de presentación de solicitudes de subvención establecido en la base 13 de la precitada Orden, y una vez comprobada la documentación recibida, procede conforme al artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, la subsanación de aquellas cuya documentación no se ajusta a las bases de la convocatoria.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- En la base general 14 de la mencionada convocatoria, se establece lo siguiente:

1. El órgano competente para la instrucción del procedimiento de concesión de las subvenciones objeto del presente concurso, será la Dirección General de Fomento Industrial e Innovación Tecnológica.

2. Recibida la solicitud, se comprobará si reúne los requisitos exigidos y si se acompaña a la misma la preceptiva documentación, requiriéndose en caso contrario al interesado para que en el plazo de diez (10) días hábiles, subsane y/o complete los documentos y/o datos que deben presentarse, advirtiéndose de que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42, de conformidad con lo establecido en el artículo 71.1, ambos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

3. Los requerimientos a tramitar por la Dirección General de Fomento Industrial e Innovación Tecnológica con anterioridad a la resolución de concesión, se llevarán a cabo mediante su publicación en el Boletín Oficial de Canarias (B.O.C.), conforme a lo dispuesto en el artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Vistos los hechos y fundamentos enunciados,

R E S U E L V O:

1. Requerir a los interesados relacionados en el anexo I a la presente resolución, para que en el plazo diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente requerimiento, subsanen y/o completen los documentos y/o datos, según códigos de requerimientos relacionados con dicha documentación, indicados en anexo II, cumplimentando para ello la instancia según modelo establecido en anexo III, con la expresa advertencia de que si así no lo hiciesen se les tendrá por desistidos de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

2. Que sea publicado en el Boletín Oficial de Canarias el texto de la presente resolución, así como sus anexos I, II y III.

Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de agosto de 2004.- El Director General de Fomento Industrial e Innovación Tecnológica, Miguel Llorca García.

Ver anexos - páginas 13701-13724

© Gobierno de Canarias