Ignorando el domicilio, a efectos de notificación, de D. Adelto Ferraz Rodríguez, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14 de enero),
R E S U E L V O:
Notificar a D. Adelto Ferraz Rodríguez, la Resolución de fecha 13 de julio de 2004, cuya parte dispositiva acuerda textualmente:
"- Sancionar a D. Adelto Ferraz Rodríguez con multa de tres mil un (3.001) euros como autor de una infracción grave al régimen legal de viviendas de protección oficial, tipificada en el artículo 87 de la Ley 2/2003, por desvirtuar el domicilio habitual y permanente en la vivienda de protección oficial sita en la Urbanización Las Torres, bloque A, vivienda nº 13, del término municipal de Adeje, expediente de V.P.O. nº 38-IG-002/96-001.
- Descalificar la vivienda al amparo del artículo 88.a) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias (B.O.C. nº 27, de 10.2.03) y artículo 90, apartado 3, letra b), requiriendo para ello que aporte la documentación necesaria que le será informada en la Sección de Protección Oficial, en este Instituto Canario de la Vivienda.
Contra esta Resolución que no pone fin a la vía administrativa se podrá interponer, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Presidente del Instituto Canario de la Vivienda, de conformidad con lo previsto en el artículo 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 285, de 27.11.92 y B.O.E. nº 12, de 14.1.99), en relación con el artículo 29.2 del Decreto 2/2004, de 27 de enero, por el que se aprueban las Normas Provisionales de Organización y Funcionamiento del Instituto Canario de la Vivienda, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse."
Santa Cruz de Tenerife, a 22 de julio de 2004.- El Director, Jerónimo Fregel Pérez.
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