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HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:
Vistos, por el Ilmo. Sr./a. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nš 4 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido, los presentes autos de juicio verbal LEC. 2000, bajo el nš 0001191/2003, seguidos a instancia de D./Dña. María Auxiliadora Santana Alemán, representado por el Procurador D./Dña. Javier Sintes Sánchez, y dirigido por el letrado D./Dña. Rosa Gutiérrez Estupiñán, contra D./Dña. Inmaculada Morro Sánchez y Francisco González Galindo, en paradero desconocido y en situación de rebeldía.
FALLO:
Que estimando la demanda formulada por el Procurador D. Javier Sintes Sánchez en nombre y representación de Dña. María Auxiliadora Santana Alemán debo declarar resuelto el contrato de arrendamiento suscrito sobre la vivienda sita en esta ciudad en la calle Minerva, 31 y en consecuencia declarar haber lugar al desahucio condenando a los codemandados D. Francisco González Galindo y Dña. Inmaculada Morro Sánchez a desalojar la misma bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo verifican dentro de los plazos legalmente establecidos, todo ello con imposición a los codemandados de las costas del procedimiento.
Notifíquese la presente resolución a las partes, al codemandado rebelde Sr. González Galindo personalmente y a la codemandada Sra. Morro Sánchez por edictos a publicar en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma todo ello de conformidad con lo prevenido en el artículo 497 de la LEC.
MODO DE IMPUGNACIÓN: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria (artículo 455 LECn).
El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LECn).
Así por esta Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado Francisco González Galindo e Inmaculada Morro Sánchez, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de junio de 2004.- El/la Magistrado-Juez.- El/la Secretario.
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