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TRÁMITE DE AUDIENCIA
Habiéndose incoado mediante Decreto nº 386 de fecha 16 de junio de los corrientes, por el Vicepresidente del Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria, el procedimiento administrativo tendente a declarar extinguido, por caducidad, el aprovechamiento de aguas situado en el lugar conocido como Vasco López, en los términos municipales de Arucas y Firgas, expediente 1129-T.P., por la interrupción continuada de la explotación durante dos años consecutivos, por causas imputables al titular y de acuerdo con el artículo 85 de la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas de Canarias, y en colación con los artículos 114 y 117 del Decreto 86/2002, por el que se aprueba el Reglamento de Dominio Público Hidráulico, este Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria ha dispuesto concederle el trámite de audiencia, a fin de que en el plazo de quince días, contados a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, manifieste por escrito lo que a su derecho convenga y presente los documentos y justificaciones que estime pertinentes.
El expediente estará de manifiesto en este Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria durante el tiempo señalado en este trámite de audiencia.
Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de junio de 2004.- El Vicepresidente, José Jiménez Suárez.
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