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"1º) Desestimar el recurso de apelación formulado por el/la Procuradora Dña. Alicia E. González Rodríguez en nombre y representación de Allianz, Cía. de Seguros y Reaseguros.
2º) Confirmar la sentencia dictada el 31 de diciembre de 2001, aclarada por auto de 21 de enero de 2002, por el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Güímar en autos de juicio verbal nº 187/2000.
3º)Condenar al recurrente al pago de las costas de esta alzada.
Devuélvanse los autos originales al Juzgado de Primera Instancia de su procedencia, con testimonio de la presente resolución, para su ejecución y cumplimiento y a los efectos legales oportunos.
Notifíquese esta resolución a las partes en la forma que determina el artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al presente Rollo, definitivamente juzgando en segunda instancia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos."
Sigue diligencia de publicación.
José Antonio González González.- Macarena González Delgado.- Carmen Padilla Márquez.- Rubricado."
Asimismo, se le hace saber que contra la anterior resolución no cabe recurso alguno.
Y para que sirva de notificación al demandado rebelde y para su inserción en los medios correspondientes, expido y firmo el presente en Santa Cruz de Tenerife, a siete de mayo de dos mil cuatro.- El Secretario.
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