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"Vista la petición formulada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Santa Cruz de Tenerife, solicitando la remisión del expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Conjunto Histórico, a favor de Puerto de la Cruz, sito en el término municipal del mismo nombre, y
Resultando, que con fecha 29 de enero de 2004, se dicta Resolución del Sr. Consejero Insular del Área de Cultura, Patrimonio Histórico y Museos, por la que se eleva al Gobierno de Canarias el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Conjunto Histórico, a favor de Puerto de la Cruz, sito en el término municipal del mismo nombre, a fin de su aprobación y declaración definitiva.
Resultando, que ante el Juzgado nē 2 de Santa Cruz de Tenerife y con el nē 161/2004, ha sido interpuesto recurso contencioso-administrativo, Procedimiento Ordinario, por Dña. María Luisa Galán Pérez de Marzán y D. Juan Víctor Machado Galán, contra el Decreto dictado por el Ilmo. Sr. Presidente del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, de fecha 3 de diciembre de 2003, por el que se disponía no admitir el recurso de reposición interpuesto por los recurrentes contra la Resolución del Sr. Consejero Insular del Área de Cultura, Patrimonio Histórico y Museos, de fecha 31 de julio de 2003, por la que se desestimaban las alegaciones formuladas en relación con el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Conjunto Histórico, a favor de Puerto de la Cruz.
Considerando, que de conformidad con el artē. 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, la Resolución por la que se acuerde remitir el expediente administrativo al Tribunal se notificará en los cinco días siguientes a su adopción a cuantos aparezcan como interesados en el mismo, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días.
Es por lo que
R E S U E L V O:
1ē) Ordenar la remisión al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nē 2 de Santa Cruz de Tenerife, del expediente administrativo relativo a la declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Conjunto Histórico, a favor de Puerto de la Cruz, sito en el término municipal del mismo nombre.
2ē) Notificar la presente Resolución a cuantos aparezcan como interesados en el citado expediente, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve (9) días, contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación."
Santa Cruz de Tenerife, a 21 de junio de 2004.- El Secretario, José Antonio Duque Díaz.- Vē.Bē.: el Consejero Insular del Área de Cultura, Patrimonio Histórico y Museos, Miguel Delgado Díaz.
A N E X O
BIEN DE INTERÉS CULTURAL.
CATEGORÍA: Conjunto Histórico.
A FAVOR DE: Puerto de la Cruz.
TÉRMINO MUNICIPAL: Puerto de la Cruz.
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Ver anexos - Página/s 10535-10556
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