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2004/129 - Martes 6 de Julio de 2004

IV. ANUNCIOS
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Consejería de Turismo

Regresar al sumario 2158 Dirección General de Ordenación y Promoción Turística.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 24 de junio de 2004, sobre notificación de Propuestas de Resolución a titulares de empresas y actividades turísticas de ignorado domicilio.

Habiéndose intentado por esta Dirección General sin haberse podido practicar, la notificación de la Propuesta de Resolución recaída en el expediente incoado con motivo de denuncias o Actas de Inspección formuladas contra los titulares de empresas y actividades turísticas que se relacionan, conforme al artē. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y siendo preciso su notificación a los efectos de que aleguen lo que a su derecho convenga,

R E S U E L V O:

1.- Notificar a los titulares de establecimientos y actividades turísticas que se citan, la Propuesta de Resolución recaída en el expediente que les ha sido instruido por infracción a la legislación en materia turística.

2.- Se le concede un plazo de 15 días, contados a partir del siguiente de esta notificación, para que aporte cuantas alegaciones estime convenientes o, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse.

3.- Remitir al Ayuntamiento de las poblaciones que se citan, la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.

Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de junio de 2004.- El Director General de Ordenación y Promoción Turística, Raimundo Domínguez de Vera.

PROPUESTAS DE RESOLUCIÓN QUE SE CITAN:

1) Con fecha 15 de marzo de 2004, se dictó Resolución de iniciación del procedimiento sancionador, con nē 04/040, iniciado como consecuencia de la notificación del Patronato de Turismo de Gran Canaria, de fecha 4 de julio de 2003, y del acta de inspección nē 17.018, levantada el 18 de julio de 2003, y seguido contra Hassan Mullazaded, con C.I.F. X-2804043-K, titular del establecimiento denominado Restaurante Bangkok Beach, sito en Paseo de Las Canteras, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, formulándose el siguiente

HECHO: estar abierto al público en general sin la autorización preceptiva para la entrada en servicio y el desempeño de la actividad turística reglamentada de restaurante.

FECHA DE LA INFRACCIÓN: 18 de julio de 2003.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS: examinado el expediente de referencia y habida cuenta que a esta Instructora, no le consta, al formular la presente Propuesta de Resolución, que el titular consignado haya presentado alegaciones ni aportado prueba alguna que desvirtúe el hecho imputado por Resolución de iniciación de 15 de marzo de 2004, notificada a través de publicación en el Boletín Oficial de Canarias, el 29 de abril de 2004, enviado el 23 de marzo de 2004 al Excmo. Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria devuelto el 14 de junio 2004 a la Consejería de Turismo, y en aplicación de lo que se prevé en el artículo 9.4 del Decreto 190/1996, de 1 de agosto, regulador del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora en materia turística y de la inspección de turismo (B.O.C. nē 103, de 21.8.96), se procede a formular la Propuesta de Resolución.

El hecho imputado, infringe lo preceptuado en el artículo 6ē de la Orden de 17 de marzo de 1965, por la que se aprueba la Ordenación Turística de Restaurantes (B.O.E. de 29 de marzo).

Y dicho hecho viene tipificado en el artē. 75.1, en relación con el artē. 76.18 de la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias (B.O.C. nē 48, de 19 de abril).

Calificado como: grave.

Corresponde imponer al expedientado una sanción en cuantía no superior a 30.050,61 euros (5.000.000 de pesetas), para cuya imposición es competente la Viceconsejera de Turismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10.j) del Decreto 281/1995, de 11 de septiembre, del Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo y Transportes (B.O.C. nē 128, de 4.10.95) y el artē. 10 del Decreto 123/2003, de 17 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias (B.O.C. nē 139, de 19.7.03).

Como consecuencia de todo lo anterior se formula la siguiente:

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Imponer a Hassan Mullazaded, titular del establecimiento denominado Restaurante Bangkok Beach la sanción de multa de tres mil setecientos cincuenta y seis euros con treinta y tres céntimos (3.756,33 euros).

Se le indica la puesta de manifiesto del expediente, así como se le ofrece un plazo de 15 días, contados a partir del día siguiente a la recepción de la presente Propuesta, como trámite de audiencia según se establece en los artículos 14.3 y 15 del Decreto 190/1996, de 1 de agosto, regulador del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora en materia turística y de la inspección de turismo (B.O.C. nē 103, de 21.8.96).

En el caso de que Vd. sea representante, deberá acreditar esta representación, aportando Escritura de Poder para dejar constancia fidedigna, bien con copia simple notarial o previo cotejo o compulsa de la fotocopia con su original, a tenor de lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Podrá hacer efectiva la cuantía de la sanción en la Intervención Insular de la Consejería de Economía y Hacienda, con la presentación de esta Propuesta de Resolución, debiendo remitir a esta Dirección General, copia del Mandamiento de Ingreso, para acordar la finalización del procedimiento, sin perjuicio del derecho a interponer los recursos procedentes, todo ello, según se prevé en los artículos 7 y 9.e), del Decreto 190/1996, de 1 de agosto, regulador del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora en materia turística y de la inspección de turismo (B.O.C. nē 103, de 21.8.96).- Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de junio de 2003.- La Instructora, Ana Hernández Guerra.

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