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JUICIO: verbal LEC. 2000 0001038/2003.
PARTE DEMANDANTE: D./Dña. C.P. Edificio nš 1, calle Velázquez.
PARTE DEMANDADA: D./Dña. Automoción Tenerife, S.A.
SOBRE: desahucio.
En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:
FALLO
Que estimando la demanda formulada por el demandante Dña. Marta Dácil Vázquez Hernández, como Presidenta de la Comunidad de Propietarios del Edificio nš 1 de la calle Velázquez, representada por el Procurador de los Tribunales Dña. Elena Rodríguez de Azero Machado, contra el demandado entidad Mercantil Automoción Tenerife, S.A., de las circunstancias de identificación que constan en autos:1.- Declaro resuelto el contrato de arrendamiento de fecha 1 de octubre de 1994 del local comercial sito en la planta baja, derecha, de la calle Velázquez nš 1, de Santa Cruz de Tenerife.
2.- Condeno a la entidad Mercantil Automoción Tenerife, S.A., a que deje libre, vacua y expedita la finca descrita en el apartado anterior, a disposición de la comunidad actora, apercibiéndole de lanzamiento si no desalojare dicha finca dentro del plazo que marca la Ley.
3.- Se imponen a la entidad mercantil demandada las costas causadas en esta instancia.
Notifíquese esta resolución en forma legal a las partes, con la advertencia de que contra la misma podrán interponer recurso de apelación, a preparar ante este Juzgado y para la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de cinco días, insertándose este original en el legajo correspondiente y testimoniándose en las actuaciones.
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma para llevar a efecto la diligencia de notificación de Sentencia a la Entidad Mercantil Automoción Tenerife, S.A.
En Santa Cruz de Tenerife, a 19 de mayo de 2004.- El Secretario Judicial.
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