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BOC Nº 119. Martes 22 de Junio de 2004 - 1989

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Arona

1989 - EDICTO de 11 de diciembre de 2003, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de divorcio contencioso nº 0000149/2002.

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JUZGADO DE: Primera Instancia nº 3 de Arona.

JUICIO: familia divorcio contencioso 0000149/2002.

PARTE DEMANDANTE: Dña. María Mar Caride Martínez.

PARTE DEMANDADA: D. Rocky Eduardo Ruiz Camacho.

SOBRE: otras materias.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA

En Arona, a 31 de octubre de 2003.

Vistos por mí, Dña. Ruth Jiménez Peñalver, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Arona, los autos de divorcio nº 149/02, seguidos a instancia de Dña. María Mar Caride Martínez contra su esposo D. Rocky Eduardo Ruiz Camacho.

FALLO

Que acuerdo la disolución por divorcio, del matrimonio contraído por Dña. María Mar Cande Martínez y D. Rocky Eduardo Ruiz Camacho con todos los efectos prevenidos en el artículo 102 del Código Civil e imponiéndose el pago de las costas al demandado.

Notifíquese la presente sentencia a las partes con la expresa advertencia de que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, y, una vez firme, comuníquese al Sr. Encargado del Registro Civil donde conste el matrimonio de los litigantes.

Así lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 28 de noviembre de 2003 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado para llevar a efecto la diligencia de notificación.

En Arona, a 11 de diciembre de 2003.- La Secretaria Judicial.

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