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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, esta Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia
R E S U E L V E:
Primero.- Remitir al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nš Tres de Las Palmas de Gran Canaria, el expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo, Procedimiento Abreviado nš 380/2004, seguido a instancia de D. Carlos Oliva Hernández, contra la Resolución en alzada de la Viceconsejería de Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias de fecha 10 de marzo de 2004, desestimando el recurso interpuesto y confirmando la Resolución de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia de fecha 19 de enero de 2004, por la que se deniega al recurrente, en su condición de liberado sindical, el derecho a abono del complemento retributivo de carácter mensual de hasta ocho puntos previsto en el Acuerdo de 9 de abril de 2000, entre la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y las Centrales Sindicales.
Segundo.- Hacer pública la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, a los efectos de los preceptuado en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, a fin de que los interesados en el Procedimiento Abreviado nš 380/2004, puedan comparecer ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nš Tres de Las Palmas de Gran Canaria, en el plazo de nueve días a partir de la publicación de la presente.
Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de mayo de 2004.- La Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia, María Rosa de Haro Brito.
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