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Razones de índole técnica, cuales son el corresponder a la Secretaría General Técnica de este Departamento, la selección y contratación del personal laboral temporal de esta Consejería, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Decreto 328/1999, de 2 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de esta Consejería (B.O.C. nš 170, de 29.12.99), aconsejan que se delegue en el Secretario General Técnico, la autorización atribuida al titular del Departamento por el artículo 42.2 antes citado.
En aplicación de lo dispuesto en los artículos 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
R E S U E L V O:
Primero.- Delegar en el Secretario General Técnico del Departamento la autorización prevista en el apartado 2 del artículo 42 de la Ley 22/2003, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2004.
Segundo.- Ordenar la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de Canarias.
Tercero.- Esta Orden surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 28 de mayo de 2004.
EL CONSEJERO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN,
Pedro Rodríguez Zaragoza.
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