Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 107. Viernes 4 de Junio de 2004 - 1758

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

1758 - Dirección General de Desarrollo Agrícola.- Anuncio de 17 de mayo de 2004, por el que se requiere a los interesados de las subvenciones reguladas en la Orden de 12 de febrero de 2004, que convoca para el ejercicio 2004, subvenciones destinadas a la sanidad vegetal (B.O.C. nº 33, de 18.2.04), cuyas solicitudes no reúnen los requisitos exigidos, o no acompañan la documentación preceptiva prevista.

Descargar en formato pdf

Mediante Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de 12 de febrero de 2004 (B.O.C. nº 33, de 18.2.04), se convocan para el ejercicio 2004, subvenciones destinadas a la sanidad vegetal.

El apartado 2 de la base sexta del anexo I, establece que la Dirección General de Desarrollo Agrícola llevará a cabo los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba pronunciarse la resolución.

En su caso, se requerirá al interesado, mediante publicación en el Boletín Oficial de Canarias, para que en el plazo de 10 días, subsane y/o complete los documentos y/o datos que deben presentarse, advirtiéndole que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que será dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En cumplimiento de lo anteriormente expuesto,

Se requiere a los interesados relacionados en el anexo que se acompaña, para que en el plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación de este requerimiento en el Boletín Oficial de Canarias, subsanen y/o completen los documentos y/o datos que se detallan en el citado anexo, con la expresa advertencia de que si así no lo hiciesen y de conformidad con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se les tendrá por desistidos de su petición.

Santa Cruz de Tenerife, a 17 de mayo de 2004.- El Director General de Desarrollo Agrícola, Antonio Jesús Ortega Rodríguez.

Ver anexos - páginas 7846-7847

© Gobierno de Canarias