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R E S U E L V O:
"Primero.- Incoar procedimiento administrativo en orden a restaurar el orden jurídico infringido y reponer a la realidad física alterada, por las obras de construcción de edificación destinada a vivienda en el lugar conocido como La Hondura, Costa de Mala, término municipal de Haría dentro de la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre, propiedad de D. Peter Haller.
Segundo.- Notificar la presente Resolución a D. Peter Haller, al Ayuntamiento y a Demarcación de Costas.
Tercero.- Informar al interesado de que dispone de un plazo de quince días para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes en esta Agencia, y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse según establece el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, a cuyos efectos tendrá de manifiesto el expediente administrativo en esta Agencia.
Cuarto.- El expediente administrativo se encuentra a su disposición en las oficinas de este Organismo de 10 a 12 horas, de lunes a viernes, en orden a garantizar el principio de acceso permanente de conformidad con el artículo 3 del Reglamento delprocedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.
Lo que comunico para su conocimiento y a efectos oportunos."
Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de mayo de 2004.- El Director Ejecutivo, Pedro Gómez Jiménez.
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