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Vistos los informes de las Direcciones Generales del Servicio Jurídico, de la Función Pública y de Planificación y Presupuesto.
Considerando que el procedimiento selectivo se encuentra en el período de valoración de los méritos aportados por los aspirantes que han superado la fase de oposición y su culminación conlleva un incremento en el número de asistencias a devengar.
En el ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 7 del Decreto 40/2004, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia y Justicia,
R E S U E L V O:
Ampliar en cuarenta (40) el número de asistencias a devengar por los miembros del Tribunal Calificador designado para juzgar las pruebas selectivas de ingreso en el Cuerpo Auxiliar (Grupo D), convocadas por Orden de la Consejería de Presidencia e Innovación Tecnológica de 18 de febrero de 2003, y en consecuencia fijar el número total de asistencias establecido en el apartado 6 de la base 6 de la citada convocatoria en ochenta (80).
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a tenor de lo regulado en el artículo 10.1.a), en relación con el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; o bien interponer en vía administrativa recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Presidencia y Justicia, en el plazo de un mes a contar del día siguiente a que tenga lugar su publicación en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Santa Cruz de Tenerife, a 24 de mayo de 2004.
LA CONSEJERA DE
PRESIDENCIA Y JUSTICIA,
MĒ Australia Navarro de Paz.
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