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La Disposición Adicional Duodécima del mencionado Decreto determina, por su parte, que la publicación de las resoluciones de concesión de subvenciones, otorgadas para el cumplimiento del Plan Canario de Vivienda vigente en cada momento, se efectuará mediante anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, en el que se indicarán las dependencias de la Consejería competente en materia de vivienda donde se encuentren expuestas por un plazo no inferior a 15 días.
En cumplimiento de tales preceptos se relacionan en anexo aparte las subvenciones genéricas concedidas por el Instituto Canario de la Vivienda en la provincia de Las Palmas desde el 14 de abril de 2004, haciéndose constar que los expedientes relativos a las resoluciones mencionadas se hallan a disposición de los interesados, durante un período de quince días hábiles contados desde la efectiva publicación del presente anuncio, en las dependencias del Instituto Canario de la Vivienda, Edificio de Usos Múltiples II de la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria.
Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de abril de 2004.- El Director, Jerónimo Fregel Pérez.
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Ver anexos - Página/s 7644-7648
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