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BOC Nº 105. Miércoles 2 de Junio de 2004 - 870

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia y Justicia

870 - Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 24 de mayo de 2004, por la que se corrigen errores en la Resolución de 15 de enero de 2004, que convoca los Premios de Jubilación para el personal de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 14, de 22.1.04).

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Vista la Resolución de esta Dirección General de fecha 15 de enero de 2004 por la que se convocan los Premios de Jubilación para el personal de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 14, de 22.1.04).

Resultando que se ha detectado error en el texto remitido al Boletín Oficial de Canarias para la publicación de dicha Resolución, en el último párrafo de la misma donde se indicaba que "De la Resolución de concesión que se dicte, se dará traslado a la Dirección General de Planificación y Presupuesto, de la Consejería de Economía y Hacienda, a los efectos de materializar la correspondiente transferencia de crédito desde la Sección 19 a las distintas Consejerías, Organismos y Cabildos Insulares para su posterior abono a los beneficiarios".

Resultando que el personal a que se refiere esta convocatoria figura de baja en las nóminas de las correspondientes Consejerías, Organismos Autónomos y Cabildos Insulares, por lo que es necesario que estén dados de alta en la base de datos de la Consejería de Economía y Hacienda con la cuenta bancaria donde debe ser ingresado este premio.

Por todo ello,

R E S U E L V O:

Primero.- Publicar la presente Resolución mediante la cual se corrige error en la Resolución de esta Dirección General de fecha 15 de enero de 2004, por la que se convocan los Premios de Jubilación para el personal de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 14, de 22.1.04), donde dice "De la Resolución de concesión que se dicte, se dará traslado a la Dirección General de Planificación y Presupuesto, de la Consejería de Economía y Hacienda, a los efectos de materializar la correspondiente transferencia de crédito desde la Sección 19 a las distintas Consejerías, Organismos y Cabildos Insulares para su posterior abono a los beneficiarios", debe decir "De la Resolución de concesión que se dicte, se dará traslado a la Dirección General de Planificación y Presupuesto, de la Consejería de Economía y Hacienda, a los efectos de materializar la correspondiente transferencia de crédito desde la Sección 19 para su abono a los beneficiarios."

Segundo.- Requerir a los interesados para que en un plazo de diez días siguientes al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias procedan a cumplimentar, mediante el procedimiento correspondiente, el impreso de alta a terceros que se le facilitará en la Consejería de Economía y Hacienda, debiendo presentar en la Dirección General de la Función Pública una copia debidamente cumplimentada y sellada por la citada Consejería.

Santa Cruz de Tenerife, a 24 de mayo de 2004.- El Director General de la Función Pública, Pedro José Rodríguez Torrens.

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