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Primero.- Nombrar funcionarios de carrera de la Escala de Gestión de la Universidad de La Laguna, a los opositores que se relacionan en el anexo a esta Resolución.
Segundo.- Para la adquisición de la condición de funcionario de carrera los interesados habrán de prestar juramento o promesa, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.
Tercero.- La toma de posesión deberá efectuarla ante este Rectorado, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
Cuarto.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, y en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, el personal objeto del presente nombramiento, para tomar posesión, deberá realizar la declaración a que se refiere el primero de los preceptos citados o la opción o solicitud de compatibilidad contemplados en el artículo 10 de la Ley 53/1984.
Quinto.- Contra la presente Resolución cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, pudiendo interponerse, no obstante, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación, de conformidad con lo previsto en el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
La Laguna, a 20 de mayo de 2004.- El Rector, Ángel M. Gutiérrez Navarro.
A N E X O
Nš DE APELLIDOS Y NOMBRE D.N.I. ORDEN 1 Pérez García, Arturo 43.607.733-D 2 Pérez Díaz, Pablo 42.169.384-B 3 Rodríguez Alonso, Ángel A. 42.078.339-T 4 Díaz Padrón, Avelina 42.086.629-X 5 González Tejera, María Candelaria 43.603.070-S 6 Galván García, Carlos 43.620.982-X
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