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Por auto de este Juzgado de Primera Instancia nº 1, de fecha 11 de febrero de 2004, dictado en el juicio voluntario de quiebra de D./Dña. Construcciones Ariadna, S.L., instado por el Procurador D./Dña. Montserrat Costa Jou en representación de D./Dña. Construcciones Ariadna, S.L., se ha declarado en estado de quiebra a D./Dña. Construcciones Ariadna, S.L., quien ha quedado incapacitado para la administración y disposición de sus bienes, declarándose vencidas todas sus deudas a plazo por lo que se prohíbe hacer pagos o entregar bienes al quebrado/a, debiendo verificarlo desde ahora al depositario administrador D./Dña. Alfonso Rodríguez Martín, con domicilio a los presentes efectos en la Plaza Santa Isabel, 1, 4º B, Las Palmas, y posteriormente a los Sres. Síndicos, con apercibimiento de no tenerlos por descargados de sus obligaciones y previniendo a todas aquellas personas en cuyo poder existan bienes pertenecientes al quebrado/a para que lo manifieste al Sr. Comisario D./Dña. Jesús Alcaide Gómez, con domicilio a los presentes efectos en la calle Francisco Gourie, 34, Maciega 1, Oficina nº 4, Las Palmas entregándole nota de los mismos, bajo el apercibimiento de ser tenidos por ocultadores de bienes y cómplices del quebrado/a.
Dado en San Bartolomé de Tirajana, a 23 de febrero de 2004.- El Secretario.
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