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BOC Nº 100. Martes 25 de Mayo de 2004 - 1659

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 7 y Registro Civil de Santa Cruz de Tenerife

1659 - EDICTO de 3 de marzo de 2004, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de familia. Divorcio contencioso nº 0000550/2003.

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Dña. María Dolores Aguilar Zoilo, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 7 y Registro Civil de Santa Cruz de Tenerife y su Partido.

HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

Vistos, por el Ilmo. Sr./a. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 7 y Registro Civil de Santa Cruz de Tenerife y su Partido, los presentes autos de familia. Divorcio contencioso, bajo el nº 0000550/2003, seguidos a instancia de D./Dña. Francisca del Carmen Padilla Medina, representado por el Procurador D./Dña. Jorge Lecuona Torres, y dirigido por el Letrado D./Dña. Antonio Agustín Domínguez Domínguez, contra D./Dña. Richard Henry Astorga Corredor, en paradero desconocido y en situación de rebeldía.

FALLO: que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Lecuona, en nombre y representación de Francisca del Carmen Padilla Medina, contra Richard Henry Astorga Corredor y debo declarar y declaro la disolución del matrimonio de los cónyuges.

Todo lo anterior lo es sin hacer especial condena en costas a ninguna de las partes.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y contra ella se podrá preparar recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes a su notificación ante ese Juzgado.

Firme que sea esta resolución líbrese oficio exhortatorio al Registro Civil que corresponda para la anotación de su parte dispositiva al margen de la inscripción de matrimonio.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a la causa de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 3 de marzo de 2004.- El/la Magistrado-Juez.- El/la Secretario

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