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Habiéndose intentado infructuosamente la notificación por escrito a D. Marc Ruymen, por encontrarse en ignorado paradero, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público, a efectos de notificación, que por el Sr. Consejero Insular de Desarrollo Económico, Comercio y Empleo se ha dictado Resolución de 23 de enero de 2004, recaída en el expediente AC731/03 de calificación, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
Otorgar trámite de audiencia de veinticinco (25) días al Ayuntamiento de Arona y a D. Marc Ruymen para que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 17.3 de la citada Ley de Régimen Jurídico de los Espectáculos Públicos y Actividades Clasificadas mencionado, puedan realizar las alegaciones que consideren oportunas y presentar en su caso, la siguiente documentación:
Primero.- Licencia de primera ocupación o, en su defecto, certificado final de obras u otro cualquiera que, expedido por Técnico competente y visado por el correspondiente Colegio Oficial, permita garantizar la seguridad constructiva del edificio en el que se pretende instalar la actividad.
Segundo.- Anexo a proyecto, por duplicado ejemplar, realizado por Técnico competente y visado por el correspondiente Colegio Oficial, en el que se contenga:
Indicación del uso del lugar al que se accede a través de la puerta que aparece en planos en la parte trasera del local, y en caso de que forme parte de la actividad, descripción de las instalaciones del mismo.
Lo que se comunica para conocimiento de los interesados y correspondientes efectos.
Santa Cruz de Tenerife, a 11 de mayo de 2004.- El Jefe del Servicio Administrativo, Jesús Bernardos Correa.
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