BOC - 2004/096. Miércoles 19 de Mayo de 2004 - 1575

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Economía y Hacienda

1575 - Intervención General.- Anuncio de 6 de mayo de 2004, por el que se hace pública la Resolución de 3 de mayo de 2004, sobre notificación para realizar la Auditoría incluida en el Plan de Control del ejercicio 2004, incoado a la entidad Digital Media Producciones La Isla, S.L.L., Sociedad Limitada Laboral.

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De conformidad con lo establecido en los artículos 81 y siguientes de la Ley 7/1984, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria y el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Intervención General, corresponde a la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Canarias el ejercicio del control financiero en el ámbito de la Comunidad Autónoma.

Tras la notificación efectuada por este Servicio con fecha 6 de febrero de 2004, del escrito con número de registro de salida 763, por el que se le comunicaba la realización de un Control Financiero a la Entidad Digital Media Producciones, S.L., con relación a la subvención concedida al amparo de lo determinado en la Orden de 15 de julio de 1999, por la que se establecen las bases de la concesión de subvenciones públicas para el fomento del desarrollo local e impulso de los proyectos calificados como I + E, y a la Resolución del ICFEM nº 6918, de fecha 15 de noviembre de 2002, por importe de 13.222,27 euros, cofinanciado por el Fondo Social Europeo. La misma fue aceptada por D. Eduardo Padilla en calidad de administrador solidario de la empresa, con fecha 9 de febrero de 2004 en el domicilio establecido en el expediente a efecto de notificaciones. Posteriormente, con fechas 5 y 7 de abril de 2004, se ha intentando vía correo certificado por este Centro Directivo, la notificación de la fecha en que se iba a realizar la Auditoría conforme al Plan de auditorías de 2004, sin haberse podido practicar por causas no imputables a la Administración.

No teniendo constancia esta Intervención General del domicilio actual de la Sociedad Limitada Laboral de Digital Media Producciones La Isla (C.I.F. B38661633), y tras intentar la notificación en el domicilio privado del administrador facilitado por el mismo en el momento de solicitar y tramitar la subvención objeto de control, en virtud de lo establecido en los artículos 133 y 262.5 de la Ley de Sociedades Anónimas Real Decreto Legislativo 1.564/1989, de 22 de diciembre, por remisión expresa del artículo 69 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, en materia de responsabilidad de los administradores sin que la referida notificación se hubiese podido practicar de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

R E S U E L V O:

1. Notificar a la entidad Digital Media Producciones La Isla, S.L.L. (C.I.F. B38661633), la fecha para realizar la Auditoría incluida en el Plan de Controles del ejercicio 2004 relativo a la subvención concedida a esa entidad, durante el ejercicio 2002, concedida por Director del Instituto Canario de Formación y Empleo, por importe de 13.222,27 euros, mediante Resolución nº 6918, de 15 de noviembre de 2002.

El interesado dispone de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, para presentarse en la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el Servicio de Control Financiero y de Gestión, calle Tomás Miller, 38, 2ª planta, Las Palmas de Gran Canaria, para recoger la notificación por la que se le requiere la documentación necesaria para realizar el Control Financiero de la subvención concedida al amparo de la Resolución del ICFEM nº 6918, de fecha 15 de noviembre de 2002, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 43 del Decreto 28/1997, de 6 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Intervención General.

Transcurrido el plazo concedido, sin que se haya personado en este Centro Directivo se tendrá por efectuado el trámite de notificación y se continuará el procedimiento administrativo indicándole que según lo establecido en el artículo 26.1 de la Orden de 15 de julio de 1999 "Las Entidades beneficiarias de las subvenciones reguladas en la presente norma deberán someterse a las actuaciones de comprobación e inspección ..." cumplimentado por el artículo 26.2 del mismo cuerpo legal que determina "El incumplimiento de lo establecido en la presente Orden podrá originar, a la vista de la naturaleza y causas de incumplimiento, en su caso, el reintegro total o parcial de las cantidades que se hubiesen recibido más los intereses correspondiente ...".

2. Remitir al Excmo. Ayuntamiento de la ciudad de La Laguna, población correspondiente a su último domicilio, para su publicación en el tablón de edictos.

Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de mayo de 2004.- El Interventor General, p.d., la Jefe de Servicio de Control Financiero y de Gestión (Resolución de 17.4.98; B.O.C. nº 50, de 24 de abril), María del Pino Martínez Santana.



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