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BOC Nº 094. Lunes 17 de Mayo de 2004 - 1540

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Güímar

1540 - EDICTO de 4 de febrero de 2004, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de cognición nº 0000135/1996.

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Dña. María Carmen Pérez Espinosa, Juez delJuzgado de Primera Instancia nº 1 de Güímar y su Partido.

HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:

Vistos, por el Sr./a. Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Güímar y su Partido, los presentes autos de cognición, bajo el nº 0000135/1996, promovido a instancia de D./Dña. Financo Leasing, Entidad de Arrendamiento Financiero, S.A. representado por el Procurador D./Dña. Margarita Martín González, y dirigido por el Letrado D./Dña. Gabriela Cabrera Quintero contra D./Dña. José María Rodríguez Torres, María Libertad Torres Carballo y Viajes Paraíso Travel, S.L., en paradero desconocido esta última y en situación de rebeldía, y D. Juan José Delgado Torres, representado por la Procuradora Dña. Beatriz Reyes, bajo la dirección de la Abogado Dña. Teresa Febles Barroso, ha pronunciado en nombre de S.M. El Rey, la presente sentencia en base a los siguientes,

FALLO: que estimando la demanda formulada por la Procuradora Dña. Margarita Martín González, en nombre y representación de la entidad Financo Leasing, actualmente Euro Ibérica de Recobros, S.L., bajo la dirección de la Abogada Dña. Gabriela Cabrera Quintero, contra la entidad Viajes Paraíso Travel, D. José María Rodríguez Torres, Dña. María Libertad Torres Carballo, éstos en rebeldía, y D. Juan José Delgado Torres, representado por el Procurador Dña. Beatriz Reyes y dirigido por la Abogado Dña. Teresa Febles Barroso, debo declarar y declaro que los precitados demandados adeudan a la actora la cantidad de 2.023,25 euros (336.640 pesetas), y en consecuencia se les condena a estar y pasar por esta declaración y a que solidariamente abonen al actor la indicada cantidad, más los intereses pactados del 2,50% mensual desde la fecha del impago, con expresa imposición de las costas procesales a dicha parte demandada.

Contra esta resolución puede interponerse recurso de apelación, ante este Juzgado para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife (artículo 455 de la LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a su notificación, limitando a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Así por esta mi Sentencia, de la que se unirá certificación a los autos, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado rebelde en paradero desconocido, la entidad Viajes Paraíso Travel, expido y libro el presente en Güímar, a 4 de febrero de 2004.- El/la Juez.- El/la Secretario.

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