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BOC Nº 093. Viernes 14 de Mayo de 2004 - 1518

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

1518 - Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 4 de mayo de 2004, del Director, relativo a notificación de la Resolución por la que se tiene por desistida a la empresa Acromueble, S.L.L. de su solicitud de subvención de apoyo a la Función Gerencial I + E.- Expte. nº 22/03.

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Intentada, sin que se haya podido practicar, la notificación de la Resolución citada en el domicilio señalado a tales efectos por el interesado y mediante inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a Acromueble, S.L.L., de la resolución por la que se tiene por desistido a la entidad solicitante de su petición de subvención de apoyo a la Función Gerencial, nº 408, de 19 de febrero de 2004, cuyo tenor literal es el siguiente:

Resolución de la Directora del Servicio Canario de Empleo (SCE) por la que se tiene por desistido a la entidad solicitante de su petición de subvención de apoyo a la Función Gerencial para proyectos y empresas calificadas como I + E.

Visto el expediente de referencia, incoado a instancia de D. Carlos Emilio Marcelino Arias en representación de Acromueble, S.L.L., y teniendo en cuenta que

ANTECEDENTES

Primero.- D. Carlos Emilio Marcelino Arias, en representación de Acromueble, S.L.L., solicitó con fecha 6 de marzo de 2003 y con número de registro 145650/9298 de este organismo una subvención de apoyo a la función gerencial de las previstas en la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 15 de julio de 1999, por la que se establecen las bases de concesión de subvenciones públicas para el fomento del desarrollo local e impulso de los proyectos y empresas calificadas como I + E.

Segundo.- Este organismo requirió a la empresa Acromueble, S.L.L. con fecha 14 de abril de 2003 y registro de salida nº 157687/16441, de 15 de abril de 2003, a los efectos de que aportara, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de recibo del oficio mencionado, la siguiente documentación: escritura original de constitución de la empresa a efectos de compulsa; propuesta, justificación, calendario y coste/presupuesto de la medida de apoyo a desarrollar (especificando la empresa o entidad que prestará el apoyo); y acreditación de la solvencia profesional de la empresa que prestará el apoyo (currículum). En este oficio se recordaba al interesado que, una vez transcurrido el plazo citado, sin que se hubiese aportado la documentación señalada, se le tendría por desistido de su petición de subvención. En el plazo concedido al efecto no se recibió contestación alguna al respecto.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.- Resulta de aplicación a la presente solicitud de subvención, lo previsto en la Orden Ministerial de 15 de julio de 1999 (B.O.E. de 31 de julio de 1999), por la que se establecen las bases de concesión de subvenciones públicas para el fomento del desarrollo local e impulso de los proyectos y empresas calificadas como I + E, cuya gestión fue transferida a la Comunidad Autónoma de Canarias mediante Real Decreto 150/1999, de 29 de enero (B.O.E. de 17 de febrero), modificado por Real Decreto 939/1999, de 4 de junio (B.O.E. de 25 de junio), gestión atribuida al Servicio Canario de Empleo por la Ley 12/2003, de 4 de abril (B.O.C. de 28.4.03), en relación con el Decreto 150/2001, de 23 de julio (B.O.C. de 25 de julio), que modifica los procedimientos de concesión de determinadas subvenciones y establece normas procedimentales, modificado a su vez por los Decretos 172/2001, de 30 de julio, y 155/2002, de 24 de octubre.

Segundo.- La Directora del Servicio Canario de Empleo es el órgano competente para resolver el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1.c) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, citada, en relación con el Decreto 174/2003, de 17 de julio de 2003 (B.O.C. nº 139, de 19.7.03).

Tercero.- El artículo 71.1 de la Ley Estatal 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14.1.99), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, estipula que "Si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos que señala el artículo anterior y los exigidos, en su caso, por la legislación especifica aplicable, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42".

Vistos los preceptos legales y demás de general aplicación,

R E S U E L V O:

Único.- Tener por desistido a la entidad Acromueble, S.L.L. de la solicitud de subvención de apoyo a la función gerencial de las previstas en la Orden Ministerial de 15 de julio de 1999, por la que se establecen las bases de concesión de subvenciones públicas para el fomento del desarrollo local e impulso de los proyectos y empresas calificados como I + E, declarando concluso el procedimiento.

Notifíquese la presente Resolución al interesado con la indicación de que, contra ésta, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de notificación de la presente Resolución, en aplicación de la normativa legal vigente.- Propuesto: en Santa Cruz de Tenerife, a 5 de febrero de 2004.- La Subdirectora de Empleo (Resolución nº 04-35/0157, de 2.2.04), el Jefe de Servicio de Empleo I, Ramón Aymerich de Vega.- La Directora del Servicio Canario de Empleo, Juliana García Vega.

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Santa Cruz de Tenerife, a 4 de mayo de 2004.- El Director, Claudio-Alberto Rivero Lezcano.

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