BOC - 2004/092. Jueves 13 de Mayo de 2004 - 1487

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Presidencia y Justicia

1487 - Dirección General de la Función Pública.- Anuncio de 28 de abril de 2004, relativo a la provisión del puesto de trabajo de Secretaría, clase tercera, del Ayuntamiento de Agulo, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

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El Ayuntamiento de Agulo ha comunicado a esta Dirección General su intención de efectuar una convocatoria pública para la cobertura, mediante nombramiento interino, del puesto de trabajo de Secretaría, clase tercera, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

El indicado puesto de trabajo quedará vacante a partir del día 27 de junio de 2004, ya que a su titular, D. Enrique Rivas Yanes, le ha sido adjudicado el puesto de Secretaría, clase tercera, del Ayuntamiento de Vallehermoso, en virtud de la Resolución de 8 de marzo de 2004, de la Dirección General para la Administración Local del Ministerio de Administraciones Públicas (B.O.E. nº 71, de 23 de marzo), que resolvió el concurso unitario de traslados de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, convocado por Resolución de 27 de octubre de 2003. No obstante, por acuerdo de las Corporaciones Locales citadas se ha dispuesto diferir el cese y la toma de posesión del funcionario interesado por plazo de tres meses, plazo que expirará el próximo día 27 de junio.

El artículo 64, apartado uno, de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, en la redacción dada por el artículo 52 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, dispone que "cuando no fuese posible la provisión de puestos de trabajo vacantes en Corporaciones Locales reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional por los procedimientos de nombramiento provisional, acumulación o comisión de servicios, las Corporaciones locales podrán proponer, con respeto a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, el nombramiento como funcionario interino de personal que esté en posesión de la titulación exigida para el acceso a la subescala y categoría a que el puesto pertenece. La resolución de nombramiento se efectuará por el órgano competente de la Comunidad Autónoma respectiva, debiendo quedar acreditado en el expediente la imposibilidad de provisión por los procedimientos de nombramiento provisional, acumulación o comisión de servicios". En idénticos términos, se expresa el artículo 34 del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio, de provisión de puestos de trabajo de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en la redacción dada por el artículo decimoquinto del Real Decreto 834/2003, de 27 de junio (B.O.E. nº 163, de 9 de julio).

Lo que se hace público, a fin de que los funcionarios pertenecientes a la Escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional que se hallen interesados en la cobertura del puesto en virtud de nombramiento provisional, acumulación o comisión de servicios, puedan presentar instancia en esta Dirección General, en solicitud de la provisión del puesto indicado, en el plazo de diez días a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias. El nombramiento se efectuará con sujeción al procedimiento y previo el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 30, 31 y 32 del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio, citado, en la redacción dada por los artículos undécimo, duodécimo y decimotercero, respectivamente, del Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, citado.

Santa Cruz de Tenerife, a 28 de abril de 2004.- El Director General de la Función Pública, Pedro José Rodríguez Torrens.



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