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BOC Nº 087. Jueves 6 de Mayo de 2004 - 699

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

699 - Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.- Resolución de 21 de abril de 2004, por la que se convoca el III Concurso de fomento de la lectura y dinamización de bibliotecas escolares.

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Esta Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa tiene encomendadas las competencias relativas al fomento de las iniciativas de investigación e innovación educativa en los niveles no universitarios.

Dentro de este ámbito de actuación se viene estimulando la labor investigadora e innovadora en desarrollo de capacidades básicas que habiliten al alumnado para su desarrollo intelectual, su enriquecimiento personal y un aprendizaje eficiente.

Una de estas capacidades básicas la constituye, sin duda, la lectura, como herramienta imprescindible para la adquisición y la transmisión de conocimientos, base de todos los aprendizajes y clave en la actuación educativa. De ahí la importancia de fomentar y propiciar hábitos de lectura en las edades escolares así como la realización de actividades y proyectos educativos de dinamización de las bibliotecas escolares, tanto desde su vertiente lúdica o placentera "como llave mágica que abre las puertas y las ventanas a todos los mundos" como en su vertiente de capacidad básica e instrumental para el aprendizaje en todas las áreas, etapas y niveles.

Por todo ello, y en la línea de promover acciones que en este ámbito se vienen propiciando desde el Programa Lectura y Biblioteca de esta Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, se estima conveniente proceder a la convocatoria de este concurso como estímulo a las comunidades escolares para fomentar la adquisición y desarrollo del hábito lector en los niveles educativos no universitarios y como reconocimiento y distinción a los diversos proyectos y experiencias que se realizan en los centros escolares.

Por todo lo anteriormente expuesto y en virtud de las competencias que en materia de fomento de las iniciativas de investigación e innovación educativa tiene atribuidas esta Dirección General, en el artº. 15.e) del Decreto 305/1991, de 25 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de esta Consejería de Educación, Cultura y Deportes,

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar el "III Concurso de fomento de la lectura y dinamización de bibliotecas escolares", en las modalidades que a continuación se señalan, cuyos requisitos, condiciones y demás características se especifican en las bases contenidas en el anexo I de esta Resolución:

A) Modalidad: Experiencias de Centro "Lectura y Biblioteca".

B) Modalidad: Trabajos del Alumnado "Amar Leer".

Segundo.- Los créditos, consignados y reservados para financiar los premios que se establecen y concedan, conforme a la distribución que se detalla en las bases contenidas en el anexo I de esta Resolución, ascienden a la cantidad de 6.800,00 euros con cargo a la siguiente cobertura presupuestaria:

Aplicación presupuestaria: 18.03.421B.640.99.

Proyecto de inversión: 01618600 (Financiación Programas y Proyectos de Innovación Educativa).

Importe: 6.800,00 euros.

Santa Cruz deTenerife, a 21 de abril de 2004.- La Directora General de Ordenación e Innovación Educativa, Juana del Carmen Alonso Matos.

A N E X O I

BASES DEL CONCURSO

Primera.- Finalidad.

1. Potenciar proyectos y experiencias que tengan como objetivo el fomento de la lectura y/o la organización, funcionamiento y dinamización de las bibliotecas escolares.

2. Fomentar la creación literaria del alumnado, en el campo de la literatura y el mundo de los libros.

Segunda.- Destinatarios.

Podrán participar en la presente convocatoria los centros públicos y privados concertados no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias, de acuerdo a las condiciones que se establecen en las presentes bases.

Tercera.- Modalidades y categorías.

Se establecen las siguientes modalidades:

A) Modalidad: Experiencias de Centro "Lectura y Biblioteca", para premiar proyectos y experiencias de centros de las diferentes etapas educativas, desarrollados durante el curso 2003/04.

B) Modalidad: Trabajos del Alumnado "Amar Leer", para premiar la inventiva y la creatividad del alumnado de las diferentes etapas educativas, a través de la creación literaria.

Cuarta.- Plazo de presentación.

El plazo para participar en el concurso abarcará desde la publicación oficial de la presente Resolución hasta el 10 de junio de 2004. No será admitido ningún trabajo que no sea presentado en el plazo y lugares establecidos en esta convocatoria, quedando excluido el mismo del presente concurso.

Quinta.- Jurado.

Para la resolución de los premios se constituirá un Jurado formado al efecto por la Directora General de Ordenación e Innovación Educativa, que actuará como presidenta.

Sexta.- Resolución.

Los fallos correspondientes a las distintas modalidades y categorías habrán de emitirse antes del 30 de octubre de 2004.

El Jurado podrá declarar desiertos los premios si, a su juicio, los trabajos presentados no reúnen la calidad mínima exigida.

Séptima.- Condiciones de participación.

A) Modalidad: Experiencias de Centro.

Podrán participar en esta modalidad los centros públicos y privados concertados del ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de la presentación de los proyectos y experiencias desarrolladas durante el curso 2003/2004. La participación y presentación podrá ser suscrita por el centro en su conjunto o por un grupo del profesorado. En todo caso, deberá figurar siempre un profesor o profesora del centro como responsable o coordinador del proyecto o experiencia.

B) Modalidad: Trabajos del Alumnado.

Podrá participar en esta modalidad el alumnado de todos los centros públicos y privados concertados del ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias. La participación por esta modalidad se hará a través del centro docente del alumnado, mediante la solicitud según modelo que se establece en el anexo correspondiente a las presentes bases, suscrita por la Dirección del Centro en la que se certifica y acredita la identificación del alumnado autor de la obra o trabajo presentado, curso, nivel y etapa de enseñanza en la que se encuentra matriculado, así como el profesor o la profesora que coordina la realización de la obra o trabajo presentado.

En esta modalidad cada centro podrá presentar hasta un máximo de cinco trabajos por etapa educativa.

Octava.- Premios y dotación.

Se establecen los siguientes premios con las dotaciones que se señalan:

A) Modalidad: Experiencias de Centro "Lectura y Biblioteca".

- Un primer premio de mil quinientos (1.500,00) euros.

- Un segundo premio de mil doscientos (1.200,00) euros.

- Un tercer premio de mil (1.000,00) euros.

- Un accésit de quinientos (500,00) euros.

B) Modalidad: Trabajos del Alumnado "Amar Leer".

- Etapa de Educación Infantil: un único premio de ciento cincuenta (150,00) euros para la alumna o alumno premiado y un único premio de quinientos (500,00) euros para el centro.

- Etapa de Educación Primaria: un único premio de ciento cincuenta (150,00) euros para la alumna o alumno premiado y un único premio de quinientos (500,00) euros para el centro.

- Etapa de Educación Secundaria Obligatoria: un único premio de ciento cincuenta (150,00) euros para la alumna o alumno premiado y un único premio de quinientos (500,00) euros para el centro.

- Enseñanzas de Bachillerato, de Régimen Especial y de Ciclos Formativos: un único premio de ciento cincuenta (150,00) euros para la alumna o alumno premiado y un único premio de quinientos (500,00) euros para el centro.

Novena.- Características y requisitos de los trabajos.

A) Modalidad: Experiencias de Centro "Lectura y Biblioteca".

Los proyectos y experiencia presentados tendrán como tema la promoción de la lectura en sus múltiples variantes, no habiendo sido presentados en otros concursos ni convocatorias anteriores y en los que deben figurar uno o varios de los ámbitos de actuación que se mencionan a continuación:

a) Desarrollo y aplicación de un programa o acción coordinada de técnicas y estrategias de animación a la lectura.

b) Organización y funcionamiento de la biblioteca escolar como centro de recursos.

c) Utilización de la biblioteca escolar como recurso informativo y de documentación.

d) Dinamización de la biblioteca escolar.

e) Promoción de actividades culturales a través de la biblioteca escolar.

f) Inmersión de la biblioteca escolar en su entorno.

g) Implicación de las familias en el desarrollo lector del alumnado.

Se valorará, especialmente, la elaboración de un Proyecto de Desarrollo Lector o Plan Lector del centro en el que se impliquen todos los sectores de la comunidad educativa.

B) Modalidad: Trabajos del alumnado "Amar Leer".

El trabajo, de cualquier género literario, será de temática libre, inédito y con una extensión máxima de 10 folios.

El trabajo se presentará en un sobre, en el que figurará el título del trabajo, la modalidad y el nivel al que pertenece el autor o autora. Dentro del sobre se introducirá:

a) El trabajo, firmado con un seudónimo y el nivel y etapa a la que pertenece el autor o autora.

b) Un sobre cerrado, en cuyo exterior figure el seudónimo del autor o autora y en su interior un certificado del centro en el que conste el seudónimo y los datos del autor o autora.

Si el relato estuviera escrito a mano, la letra ha de ser clara y legible.

Décima.- Documentación.

Los proyectos, experiencias educativas y trabajos se presentarán en formato papel y digital.

Los centros deberán presentar la siguiente documentación:

1. Para la modalidad "Experiencias de Centro":

a) Solicitud de participación según modelo que se especifica en el anexo II correspondiente a estas bases.

b) Memoria evaluación del desarrollo del proyecto o experiencia. Dicha memoria debe llevar un título, pero sin especificar el nombre del centro ni el de las personas participantes.

c) Acreditación de la realización del proyecto o experiencia mediante certificación al efecto de la Secretaría del Centro, en sobre cerrado con título, especificando en el interior todos los datos del Centro y participantes.

d) Optativamente se podrán presentar reportajes fotográficos o audiovisuales sobre los aspectos más significativos del trabajo desarrollado.

2. Para la modalidad "Trabajos del Alumnado":

Solicitud de participación según modelo que se especifica en el anexo III correspondiente a estas bases, y en la cual se acredite el número y título de trabajos presentados con identificación de la autoría, curso, nivel y etapa de enseñanza en la que se encuentra matriculado el alumnado, así como del profesor coordinador de la realización de la obra o trabajo presentado, mediante certificación al efecto de la Secretaría del Centro.

Undécima.- Lugar de presentación.

Toda la documentación indicada en estas bases y en las específicas de cada modalidad, así como los proyectos y trabajos que se presenten a estos premios serán presentados en el Registro del Centro del Profesorado al que esté adscrito el centro educativo o en las sedes de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa de Las Palmas de Gran Canaria y de Santa Cruz de Tenerife.

Duodécima.- Abono de los premios.

La dotación económica de los premios y accésit, en su caso, será abonada en pagos únicos a los centros docentes premiados, debiendo éstos a su vez proceder al abono de los premios correspondientes al alumnado concursante, debiéndose aplicar el correspondiente a los centros docentes para su utilización en material didáctico o en actividades relacionadas con la animación lectora, previo conocimiento y autorización del Consejo Escolar del Centro.

A efectos de justificación, los Centros Docentes deberán remitir antes del 30 de junio de 2005, certificación del Consejo Escolar, acreditativa de la correcta aplicación de los fondos.

Decimotercera.- Difusión y divulgación.

La Consejería de Educación, Cultura y Deportes se reserva el derecho de reproducir, publicar y distribuir en los centros educativos de esta Comunidad Autónoma y del Estado Español los proyectos y obras premiadas durante un plazo de cinco años, sin que los autores tengan derecho a retribución alguna diferente de la dotación del premio obtenido.

El derecho de uso, exclusivamente en centros educativos, podrá ser autorizado por esta Consejería a otras Administraciones Públicas educativas españolas.

Los trabajos no premiados podrán ser retirados por sus autores en un plazo de 30 días naturales contados a partir de la fecha de publicación del fallo del concurso.

Decimocuarta.- Final.

La participación en el presente concurso presupone la aceptación de las presentes bases y de las condiciones, requisitos y obligaciones que se contienen en las mismas, así como la inapelabilidad del fallo del Jurado.

Ver anexos - páginas 6091-6092

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