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BOC Nº 083. Viernes 30 de Abril de 2004 - 1338

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

1338 - Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 19 de abril de 2004, del Director, relativo a notificación de requerimiento de documentación a Martín y Nodal Asociados, S.L.L., a los efectos de justificar la subvención concedida.- Expte. nº 70/98-CF.

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Habiendo sido intentada la notificación del citado requerimiento en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Servicio Canario de Empleo, sin que haya sido recibido por el interesado, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a Martín y Nodal Asociados, S.L.L., del requerimiento nº 121533, de fecha 17 de marzo de 2004, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Asunto: requerimiento para justificación de subvención. Quinto año.

En relación con la subvención concedida a la entidad Martín y Nodal Asociados, S.L.L., en virtud de la Resolución nº 2314 del Director del Instituto Canario de Formación y Empleo de fecha 2 de diciembre de 1998, de las previstas en las bases 30ª y siguientes, Subprograma B: subvenciones para inversión en capital fijo, de la Resolución del Presidente del Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM), de 20 de agosto de 1998, por la que se convoca la concesión de subvenciones para el fomento y mantenimiento del empleo y de la economía social (B.O.C. nº 110, de 28.8.98), cúmpleme comunicarle lo siguiente:

Teniendo en cuenta que lo establecido en el resuelvo cuarto, apartados 3 y 4, de la citada Resolución de concesión, se especifica que la entidad beneficiaria vendrá obligada:

1.- A no enajenar o ceder los bienes objeto de subvención durante un plazo no inferior a cinco años, salvo que se trate de bienes amortizables en un período inferior, en cuyo caso la obligación comprenderá como mínimo dicho plazo de amortización.

2.- Asimismo, deberá presentar certificado acreditativo del mantenimiento de los bienes en el inventario de la entidad cuando se cumpla el tercer y quinto año desde la fecha de alta en éste (17.3.99).

Que a la fecha del presente requerimiento no se ha aportado la documentación justificativa en relación al quinto año, y a la que hacen referencia los preceptos anteriormente indicados.

Por todo ello se le requiere para que en el plazo de diez días, contados a partir del día siguiente a la recepción del presente escrito, remitan a este Centro Directivo por medio de dos copias debidamente diligenciadas con sus originales, la documentación siguiente:

- Certificado de la empresa de mantenimiento de la inversión objeto de subvención en el inventario de la misma, según modelo que puede recabar a estos efectos del Instituto Canario de Formación y Empleo expresado en euros.

Se le advierte que de no presentar toda la documentación requerida y transcurrido el plazo establecido, se procederá al inicio de un procedimiento de reintegro conforme a lo dispuesto en los artículos 35 y 36 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre (B.O.C. nº 170, de 31.12.97) por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Mediante este documento se notifica a Dña. Carmen Nieves Cáceres Martín, en representación de la entidad Martín y Nodal Asociados, S.L.L., el contenido del presente requerimiento, según lo exigido en el artículo 58.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 285, de 27.11.92 y B.O.E. nº 12, de 14.1.99).- En Santa Cruz de Tenerife, a 17 de marzo de 2004.- La Jefe de Sección de Promoción a la Economía Social, Araceli García Santamaría."

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Santa Cruz de Tenerife, a 19 de abril de 2004.- El Director, Claudio-Alberto Rivero Lezcano.

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