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BOC Nº 082. Jueves 29 de Abril de 2004 - 1328

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Cabildo Insular de Tenerife

1328 - ANUNCIO de 14 de abril de 2004, relativo a notificación de la Resolución de 9 de marzo de 2004, que abre trámite de audiencia en el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Sitio Etnológico, a favor de los Molinos y Lavaderos de Chacaica, en el término municipal de Güímar.

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A fin de proceder a la notificación del trámite de audiencia a los interesados en el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Sitio Etnológico a favor de los Molinos y Lavaderos de Chacaica, sito en el término municipal de Güímar, contenido en la Resolución del Sr. Consejero Insular del Área de Cultura, Patrimonio Histórico y Museos de este Excmo. Cabildo Insular de fecha 9 de marzo de 2004, al desconocerse el domicilio de dichos interesados y de conformidad con lo establecido en el artº. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la publicación de dicha Resolución:

"Visto el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Sitio Etnológico, a favor de los Molinos y Lavaderos de Chacaica, sitos en el término municipal de Güímar, y

Resultando que, con fecha 20 de junio de 2001, se dicta Resolución de la Sra. Consejera Insular del Área de Cultura, Educación, Empleo y Juventud, por la que se incoa el expediente de referencia, según la delimitación, justificación de la delimitación y descripción que figuran en los anexos I y II que acompañan a dicha resolución, publicándose en el Boletín Oficial de Canarias nº 105, de 13 de agosto de 2001.

Considerando lo establecido en el artº. 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en cuanto al trámite de audiencia a los interesados.

Considerando que, según el artículo 8.3.d) de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, del Patrimonio Histórico de Canarias, corresponde a los Cabildos Insulares la competencia de incoar y tramitar los expedientes de declaración de bienes de interés cultural, elevándolos al Gobierno de Canarias para su aprobación, así como las modificaciones de dichos expedientes.

Considerando que esta Consejería Insular ostenta las competencias en materia de Patrimonio Histórico en virtud de la atribución conferida mediante acuerdo plenario de fecha 30 de junio de 2003.

Por todo lo expuesto, es por lo que,

R E S U E L V O:

Abrir el trámite de audiencia en el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Sitio Etnológico, a favor de los Molinos y Lavaderos de Chacaica en el término municipal de Güímar, a fin de poner de manifiesto dicho expediente a los interesados o, en su caso, a sus representantes, los cuales podrán alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, durante un plazo de quince (15) días, contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación, a cuyo efecto el expediente podrá ser examinado en la Unidad de Patrimonio Histórico, calle San Pedro Alcántara, 5, 3ª planta, Santa Cruz de Tenerife, de lunes a viernes de 9,00 a 13,00 horas."

Santa Cruz de Tenerife, a 14 de abril de 2004.- El Secretario, José Antonio Duque Díaz.- Vº.Bº.: el Consejero Insular del Área de Cultura, Patrimonio Histórico y Museos, Miguel Delgado Díaz.

A N E X O

BIEN DE INTERÉS CULTURAL.

CATEGORÍA: Sitio Etnológico.

A FAVOR DE: Molinos y Lavaderos de Chacaica.

TÉRMINO MUNICIPAL: Güímar.

RELACIÓN DE PROPIETARIOS

Eulogio Reyes Lugo.

Vicente Jorge Pérez.

Pedro Fariña Delgado.

Cirilo Jorge Dorta.

Francisca Jorge Delgado.

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