BOC - 2004/074. Lunes 19 de Abril de 2004 - 1178

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

1178 - Servicio Canario de Empleo.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 31 de marzo de 2004, del Director, que dispone la publicación de la remisión al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1, con sede en Las Palmas de Gran Canaria, del expediente relativo al recurso contencioso-administrativo, Procedimiento Abreviado nº 0000457/2003.

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En cumplimiento por lo solicitado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 49 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, esta Dirección

R E S U E L V E:

Primero.- Ordenar la remisión al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1, con sede en Las Palmas de Gran Canaria del expediente relativo al recurso contencioso-administrativo interpuesto por Dña. María Rosa Cruz Camacho, procedimiento nº 0000457/2002 contra la Orden del Consejero de Empleo y Asuntos Sociales nº 464, de fecha 12 de junio de 2003, que resuelve el recurso de alzada, contra la Resolución del Director del ICFEM, nº 02-35/1188, de fecha 6 de mayo de 2002, por la que se establece el reintegro de la subvención concedida en el expediente administrativo 1989/534 de las reguladas dentro del Programa de fomento al empleo "Subvención para la creación de puestos de trabajo con carácter indefinido" reguladas en el Decreto 46/1989, de fecha 6 de abril, por importe de 24.011,39 euros, de los cuales 14.271,20 euros en concepto de principal de la subvención y 9.740,19 euros en concepto de intereses legales de demora.

Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias con el fin de emplazar a todas cuantas personas pudieran tener interés directo en este recurso, con el fin de que puedan comparecer en el improrrogable plazo de nueve días si a su derecho conviniere en legal forma mediante abogado y procurador, para hacer valer su derecho, bajo el apercibimiento de que, en caso de no comparecer se seguirá sin perjuicio de que puedan personarse en cualquier momento del proceso pero sin que éste se retrotraiga.

Las Palmas de Gran Canaria, a 31 de marzo de 2004.- El Director, Claudio-Alberto Rivero Lezcano.



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