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2004/067 - Martes 6 de Abril de 2004

III. OTRAS RESOLUCIONES
Consejería de Educación, Cultura y Deportes

Regresar al sumario 536 Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos.- Resolución de 10 de marzo de 2004, por la que se fija el calendario y se dictan instrucciones para el proceso de inscripción del alumnado de educación y formación permanente de personas adultas, para el curso escolar 2004/05, en centros sostenidos con fondos públicos de Canarias.

La Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, en su Título V, Capítulo II, artículo 72, establece los principios generales que han de regir el proceso de admisión de alumnos, y obliga a la administración educativa a realizar una adecuada programación de los puestos escolares gratuitos que garantice la efectividad del derecho a la educación y el derecho a la libre elección de centro.

Asimismo, el Título III de dicha Ley, dedicado específicamente a la enseñanza para las personas adultas, recoge los principios que han de guiar estas enseñanzas, y establece que, dentro de este ámbito, las administraciones públicas atenderán preferentemente a aquellas personas que, por diferentes razones, no hayan podido completar la enseñanza básica.

Por su parte, la Ley autonómica 13/2003, de 4 de abril, de Educación y Formación Permanente de Personas Adultas de Canarias (B.O.C. nš 79, de 25 de abril), constituye el marco legal por el que ha de regirse la educación de personas adultas en la Comunidad Autónoma de Canarias, de acuerdo con los principios enunciados en la Ley Orgánica de Calidad de la Educación.

Con el objeto de armonizar los procesos de inscripción del alumnado de educación y formación permanente de personas adultas con el resto de los procesos de admisión de alumnado establecidos por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y de esta forma aprovechar la campaña informativa general en torno a la matrícula, facilitar la planificación, ampliar los plazos de inscripción con el objeto de dar mayores facilidades a los interesados, y desconcentrar el trabajo de los centros educativos que hasta el momento han venido desarrollando casi exclusivamente en septiembre.

Y en virtud de lo previsto en el Decreto 305/1991, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (B.O.C. nš 161, de 9.12.91), y de lo establecido en el Decreto 123/2003, de 17 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias (B.O.C. nš 139, de 19 de julio),

R E S U E L V O:

Primero.- Dictar instrucciones para el desarrollo del proceso de inscripción del alumnado de educación y formación permanente de personas adultas, para el curso escolar 2004/05, en centros sostenidos con fondos públicos de Canarias, de acuerdo con lo establecido en el anexo de esta Resolución.

Segundo.- El Consejo Escolar y el Equipo Directivo de los centros arbitrarán el procedimiento más adecuado para que la presente Resolución sea conocida y difundida entre los distintos sectores de la comunidad educativa y para que desde el momento de su vigencia esté a disposición de sus diferentes miembros, a través de sus representantes, haciéndoles llegar copia de la misma y exponiendo permanentemente una en el tablón de anuncios del centro, o mediante cualquier otro procedimiento que garantice su conocimiento.

Tercero.- La Inspección de Educación velará por el cumplimiento de esta Resolución y asesorará en aquellos aspectos que se le soliciten.

Santa Cruz de Tenerife, a 10 de marzo de 2004.- El Director General de Formación Profesional y Educación de Adultos, Juan Magdalena Darias.

A N E X O

INSTRUCCIONES Y CALENDARIO PARA EL DESARROLLO DE LA INSCRIPCIÓN DEL ALUMNADO DE EDUCACIÓN DE PERSONAS ADULTAS EN CENTROS AUTORIZADOS PARA IMPARTIR ESTAS ENSEÑANZAS, DURANTE EL CURSO ESCOLAR 2004/05.

I. INSTRUCCIONES GENERALES.

Primero.- El proceso de inscripción de alumnado para cursar las enseñanzas de educación y formación permanente de educación de adultos autorizadas por la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos, para el curso 2004/05, se desarrollará de acuerdo con las instrucciones y calendario que se indican en esta Resolución.

Segundo.- De entre las enseñanzas relacionadas a continuación, se ofertarán aquellas autorizadas a cada centro por la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos:

1. Formación Básica de Personas Adultas.

1.1. Formación Básica Inicial.

1.2. Formación Básica Postinicial.

2. Bachillerato a distancia.

3. Formación Profesional Específica a distancia.

4. Inglés a distancia (Thatīs English!).

5. Preparación para pruebas de:

5.1. Obtención del título de Graduado en Educación Secundaria.

5.2. Acceso a Ciclos Formativos de grado medio y superior.

5.3. Acceso a la Universidad para mayores de veinticinco años.

6. Otras enseñanzas.

6.1. Aulas Mentor.

6.2. Informática Básica.

6.3. Idiomas en niveles básicos.

6.4. Cursos de Formación orientada al Empleo.

6.5. Cursos de Formación Sociocultural.

Tercero.- Antes de la fecha de inicio del proceso de inscripción se expondrá en los tablones de anuncios del centro, o en cualquier otro medio que garantice su conocimiento, la información referida a las características específicas del mismo, en lo referente a:

- Oferta educativa que se imparte.

- Horario de funcionamiento del centro.

- Turnos o modalidades en que se imparte cada una de las enseñanzas.

- Plazas disponibles en cada una de las enseñanzas.

- Requisitos de acceso a las distintas enseñanzas.

- Criterios de selección establecidos por el Consejo del Centro.

Cuarto.- Los documentos necesarios para la inscripción del alumnado que solicita plaza por primera vez en el centro son los que a continuación se indican:

- Impreso de inscripción, que se facilitará en cada centro.

- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o documento acreditativo de la identidad, en el caso de personas extranjeras.

- Las personas inmigrantes deberán acreditar su residencia legal con la Tarjeta de Identidad de Extranjero.

- Número de fotografías que cada centro determine.

- Fotocopia compulsada de su expediente académico [Libro de Escolaridad de la Ley General de Educación, título de Graduado Escolar o Certificado de Escolaridad, Libro de Escolaridad de la Enseñanza Básica (Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria), títulos de cursos realizados en el Servicio Canario de Empleo u otras entidades legalmente reconocidas, certificación de haber superado las pruebas de acceso a Ciclos Formativos, etc.], o cualquier otro documento acreditativo de la formación adquirida.

- Para el alumnado que desee cursar Bachillerato, fotocopia compulsada del título de Graduado en Educación Secundaria, o de la certificación acreditativa de su obtención, o de las titulaciones que permiten el acceso a estas enseñanzas.

- Manifestación, por escrito, sobre la elección de la primera lengua extranjera, siempre que el centro oferte más de un idioma.

Quinto.- Los centros cumplimentarán los datos de preinscripción y de matrícula a través de la página de Internet de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (http://www.educa.rcanaria.es/gescentros), a la que cada centro podrá acceder con su clave particular, desde el comienzo del período correspondiente hasta dos días después de su finalización.

II. INSTRUCCIONES Y CALENDARIO ESPECÍFICO PARA FORMACIÓN BÁSICA DE PERSONAS ADULTAS; MODALIDAD A DISTANCIA DE: BACHILLERATO, FORMACIÓN PROFESIONAL ESPECÍFICA E INGLÉS; ASÍ COMO PARA PREPARACIÓN DE PRUEBAS Y OTRAS ENSEÑANZAS.

Primero.- Para Formación Básica de Personas Adultas se establece el siguiente calendario:

< Ver anexos - Página/s 4450-4455 >
Séptimo.- Entre el 14 y el 31 de enero de 2005, se volverá a abrir un período de preinscripción para nuevos grupos, de otras enseñanzas correspondientes al 2š cuatrimestre. Una vez autorizados dichos grupos, la matrícula se formalizará entre los días 4 y 8 de febrero de 2005.

Octavo.- Teniendo en cuenta la estructura organizativa de la educación y formación permanente de personas adultas y los condicionantes personales, laborales y sociales que tienen estas personas para acceder a la formación, la matrícula se mantendrá abierta durante todo el curso académico, siempre que existan plazas vacantes.

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