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BOC Nº 065. Viernes 2 de Abril de 2004 - 528

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías

528 - ORDEN de 17 de marzo de 2004, por la que se aprueban las tarifas del servicio público de abastecimiento de agua a poblaciones, para su aplicación en el municipio de Tacoronte (Tenerife).

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Examinado el expediente tramitado en la Dirección General de Comercio para resolver la petición formulada por el Excmo. Ayuntamiento de Tacoronte (isla de Tenerife), a instancia de la entidad Teidagua, S.A., de modificación de las tarifas del servicio público de abastecimiento de agua a poblaciones, para su aplicación en dicho municipio.

Vista la propuesta formulada por el Director General de Comercio.

Teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES

1º) Con fecha 19 de diciembre de 2003 tiene entrada en este Departamento solicitud de modificación de las tarifas del servicio público de abastecimiento de agua a poblaciones, presentada por el Excmo. Ayuntamiento de Tacoronte (isla de Tenerife), a instancia de la entidad Teidagua, S.A.

2º) El Grupo de Trabajo de la Comisión Territorial de Precios de Santa Cruz de Tenerife, en sesión celebrada el día 9 de marzo de 2004, elaboró el correspondiente informe, acordándose su elevación al Pleno de la Comisión.

3º) A la vista del informe, la Comisión Territorial de Precios de Santa Cruz de Tenerife, en sesión plenaria celebrada el mismo día 9 de marzo de 2004, dictaminó emitir propuesta para reducir las tarifas solicitadas por el Ayuntamiento, todo ello sobre la base de las consideraciones reflejadas en el Acta de la sesión y en el informe del Grupo de Trabajo, que deberán ser debidamente notificados a los interesados.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El expediente ha sido tramitado con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto 64/2000, de 24 de abril, por el que se regula el procedimiento para la implantación y modificación de precios de los bienes y servicios autorizados y comunicados de ámbito autonómico.

Segunda.- A este expediente le resultan de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 3.173/1983, de 19 de noviembre; el Real Decreto-Ley 7/1996, de 7 de junio, sobre medidas urgentes de carácter fiscal y de fomento de la liberalización de la actividad económica, por el que se modifica el régimen de precios de determinados bienes y servicios.

Vistos, además de los preceptos citados, los Decretos Territoriales 241/2003, de 11 de julio, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías; 123/2003, de 17 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, y 178/2003, de 23 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica de las Consejerías de Presidencia y Justicia y de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías; el Decreto 8/2003, de 31 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía, Hacienda y Comercio, y demás disposiciones de general o particular aplicación.

En uso de las competencias que tengo atribuidas,

R E S U E L V O:

Aprobar las tarifas del servicio público de abastecimiento de agua a poblaciones, para su aplicación en el municipio de Tacoronte (isla de Tenerife), las cuales quedarán establecidas en las cuantías siguientes:

TARIFAS DE APLICACIÓN BIMESTRAL

Cuota de servicio:

a) Doméstico.


Calibre del contador Importe en euros

Hasta 13 mm 11,93

Hasta 20 mm 25,85

Hasta 25 mm 40,51

Hasta 30 mm 60,76

Hasta 40 mm 103,79

Más de 40 mm 103,79


b) No doméstico.


Calibre del Contador Importe en euros

Hasta 13 mm 14,79

Hasta 20 mm 34,88

Hasta 25 mm 54,51

Hasta 30 mm 78,45

Hasta 40 mm 139,46

Más de 40 mm 217,86


Tarifas según consumos:

a) Doméstico.


Bloque de consumo Importe en euros

De 0 a 20 m3 0,3500 euros/m3

De 21 a 30 m3 0,9000 euros/m3

De 31 a 40 m3 1,3000 euros/m3

De 41 a 55 m3 1,8000 euros/m3

Más de 55 m3 3,0051 euros/m3


b) Doméstico para familias numerosas.


Bloque de consumo Importe en euros

De 0 a 20 m3 0,3500 euros/m3

De 21 a 30 m3 0,9000 euros/m3

De 31 a 40 m3 1,0400 euros/m3

De 41 a 55 m3 1,4400 euros/m3

Más de 55 m3 2,4041 euros/m3


c) Doméstico para comunidades de propietarios individualizadas.


Bloque de consumo Importe en euros



Tarifa única 1,0518 euros/m3


d) Doméstico para comunidades de propietarios no individualizadas.


Bloque de consumo Importe en euros



De 0 a 20 m3 0,6558 euros/m3

De 21 a 30 m3 1,3750 euros/m3

De 31 a 40 m3 1,5750 euros/m3

De 41 a 55 m3 2,1000 euros/m3

Más de 55 m3 3,0051 euros/m3


e) Consumo industrial y de obras.


Bloque de consumo Importe en euros



De 0 a 20 m3 0,9016 euros/m3

De 21 a 30 m3 1,8500 euros/m3

De 31 a 40 m3 1,8500 euros/m3

De 41 a 55 m3 2,4000 euros/m3

Más de 55 m3 3,0051 euros/m3


f) Consumo ganadero.


Bloque de consumo Importe en euros



De 0 a 20 m3 0,3500 euros/m3

De 21 a 30 m3 0,9000 euros/m3

Más de 30 m3 1,3000 euros/m3


g) Consumo agrícola.


Bloque de consumo Importe en euros



Tarifa única 1,0518 euros/m3


h) Organismos oficiales.


Bloque de consumo Importe en euros



De 0 a 20 m3 0,9016 euros/m3

De 21 a 30 m3 1,8500 euros/m3

Más de 30 m3 2,3300 euros/m3


i) Consumo municipal.


Bloque de consumo Importe en euros



Tarifa única 1,3300 euros/m3


Cuota de Mantenimiento de Contadores


Calibre del contador Importe en euros



Hasta 13 mm 0,68

Hasta 15 mm 0,80

Hasta 20 mm 0,96

Hasta 25 mm 1,52

Hasta 30 mm 2,12

Hasta 40 mm 3,28

Hasta 50 mm 11,46

Hasta 65 mm 14,16

Hasta 80 mm 18,34

Hasta 100 mm 23,52

Hasta 125 mm 30,00

Hasta 150 mm 34,90

Hasta 200 mm 40,00


Estas tarifas surtirán efecto a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante esta Consejería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación o publicación de la presente resolución; o, directamente, recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Las Palmas, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación o publicación. En el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, hasta la resolución expresa del recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de marzo de 2004.

EL CONSEJERO DE INDUSTRIA,

COMERCIO Y NUEVAS TECNOLOGÍAS,

Luis Soria López.

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